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  • CESE FICTO: ¿Lo puedo Utilizar? Planteo de dudas aqui

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #17943  por Agnese
 
De acuerdo a lo sugerido por Ramón
El tema CESE FICTO, y si lo podemos utilizar, de que forma etc, por favor plantearlo aqui, así estan todas las respuestas juntas.
Gracias
 #18009  por adriana
 
Berta escribió:Si es autonomo, el cese ficto lo tengo q dar al mes del ultimo aporte, no? no lo puedo dar antes?
HOLA BERTA TENGO ENTENDIDO QUE ES AL ÚLTIMO PERIODO PAGO... YO PRESENTE VARIAS ASI Y NO HUBO PROBLEMA...
SUERTE
 #18025  por Agnese
 
Si es autonomo, yo he presentado varias dandole el cese al 9/93 (aunque tenia pagos posteriores ) y he tomado 7 años de beneficios y me han salido acordadas.

El problema se plantea cuando tiene pagos en relac. de dependencia y queres darle el cese ficto, podes retrotraer el cese a la fecha que quieras (siempre que tengas 30 años), pero a los fines del beneficio tenés que respetar ese ultimo pago para ver los años que podés tomar.
 #18040  por Berta
 
Si es autonomo, yo he presentado varias dandole el cese al 9/93 (aunque tenia pagos posteriores ) y he tomado 7 años de beneficios y me han salido acordadas.

El problema se plantea cuando tiene pagos en relac. de dependencia y queres darle el cese ficto, podes retrotraer el cese a la fecha que quieras (siempre que tengas 30 años), pero a los fines del beneficio tenés que respetar ese ultimo pago para ver los años que podés tomar.

Claro, eso es lo que yo quiero hacer, tengo un caso de un hombre, q tiene una inscripcion en monotributo hasta la actualidad y solo 2 pagos en el año 2004. Si tengo q darle el cese ahi, solo puedo hacer pasar 2 años. En cambio yo queria renunciar a todo y darle cese en el 93 para aplicar 7 años. Es de MET. Podrá ser Agnese?
 #18052  por Agnese
 
Yo casualmente tuve un caso de Met que tenia 2 o 3 meses en el 90 y pico de aportes de autonomo.
Le aplique desde el 9/93 art.1 ley 25321,tome 7 años de beneficios, la mande por web (porque en ese momento no sabia que estaba en una AFJP) me salio acordada y despues fui a met a presentar los papeles...

Este tema del cese ficto esta discutido, por lo que he leido, segun algunos que lo aplicaron a periodos pagos de autonomos y tomaron 7 años porque lo trajeron al 9/93, se los rechazaron...

No se, tal vez dependa de quien los controla...yo he hecho muchos de esa forma y todos me los acordaron.
Evalua vos que haces
Sds.

 #18059  por CarolinaM
 
Hola Berta, podès prescribir esos periodos de monotributo o autonomos que estàn pagos, aplicandole encima la 25321 art 1º; esto es un tema que he hablado con otra contadora y es una indicaciòn que le dieron del consejo prof. de cs. economicas de bs. as.

Yo tomè su sugerencia, prescribì pagos de gente que tenìa posteriores al 95, y me tomè los 7 años. Por mi parte te digo, hacelo asì y quedate tranquila que salen. No me han rechazado nada por ese motivo al menos!

Saludos,
 #18078  por anaclau26
 
yo tengo el caso de una sra que no tiene telex pero en puc aparece como inscripcion cod 090 en 06/1994 y baja en 10/1996 tiene es nacida en 01/1945 por lo que tengo que aplicar 24476, si le aplico art 1, a esos perodos puedo enviar por jaap

 #18107  por CarolinaM
 
Sí, Anaclau, podés prescribirlos con esa ley.

Lo importante cuando aplicas la 24476, es no dejar nada (ningun aporte) fuera del período que va hasta 09/1993; de esa forma podés enviarlo por JAPP. O sea que lo querés armar para JAPP, renunciá a todo lo posterior a 09-93 ya que no los va a incluir en la deuda a regularizar.

No te sorprenda que no tenga telex, recordá que esa consulta que haces por telex es al padrón "histórico" de autonomos; no se encuentran allí las inscripciones recientes ya que esa información la tiene AFIP.

En caso que los pagos posteriores necesitaras tomarlos, entonces podés no prescribirlos pero tomando la fecha de cese en los pagos como referencia para el art. 3º . Y presentar el trámite por UDAI.
Saludos :!:
 #18130  por adriana
 
Hola, cuando le aplicas 25.321, a periodos que tienen pagos, y que figuran en sicam tenes que ir a donde estan los pagos (en pagos o ingresar pagos faltantes) y desafectarlos. para que no se contradiga la información de la situación de revista que vos armas con los pagos que figuran en sistema...
eso lo hice y salió bien...
suerte

 #18254  por josefinaga
 
muy bueno lo q dicen, el tema es q quise presentar una Jub en San miguel con turno porq tenia años en relacion de dependecia hasta el 90 y despues como autonomo en el 2006, yo renuncie a esos aportes del 2006 para tomarle los 7 años por DDJJ, pero cuando lo quise presentar me dijeron q habia q respetar la situacion de revista!!!!
Para mi no es asi, pero necesito la confirmacion de alguna ley o circular q lo diga...alguien sabe??????

 #18355  por Agnese
 
Para mi no es asi, pero necesito la confirmacion de alguna ley o circular q lo diga...alguien sabe??????
Resolucion 51/06 y 52/05: ahi tenes lo del cese ficto.

Si queres pasanos todos los datos y vemos si esta todo bien...
Sds.Agnese