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 #182707  por juslibra
 
Hola !. Soy nueva en el foro y en la profesion !.

pregunta sobre mi primer caso laboral : Mi clienta trabajo desde el 16 de abril de este año hasta el 2 de junio que la despidieron. Nunca le dieron recibo de sueldo desde que empezo a trabajar.
Le dieron la liquidacion final, pero con fecha de ingreso el 13 de mayo.

Le mande telegrama al empleador intimando a que le paguen el preaviso y los 20 dias de diferencia.
Si le reconocen esos 20 dias,tambien tengo que pedirle el Art 80 y el 132 bis de la LCT ?.

Agradecere alguna respuesta . muchas gracias !!!! :roll:

 #182752  por klaudia7
 
Hola Juslibra, bienvenida al Portal y a la profesión, ahora te pregunto: solo eso reclamaste? Y que más pusiste? Alguna multa tal vez?

 #182825  por juslibra
 
hola Klaudia7 ! Muchas gracias !
Si eso solo le reclame....
Lei la ley 25323, pero no me queda claro en este caso como aplicar el art. 1, porque seria una relacion laboral mal registrada. No?. Se aplica igual en el periodo de prueba ?

A que multa te referis ? Yo preguntaba si puedo intimar al empleador a que cumpla con el Art. 80 y 132 bis de la LCT ? corresponde igual en este caso, en que estaba en periodo de prueba ?
 #183609  por Dulce_espera
 
juslibra escribió:Hola !. Soy nueva en el foro y en la profesion !.

pregunta sobre mi primer caso laboral : Mi clienta trabajo desde el 16 de abril de este año hasta el 2 de junio que la despidieron. Nunca le dieron recibo de sueldo desde que empezo a trabajar.
Le dieron la liquidacion final, pero con fecha de ingreso el 13 de mayo.

Le mande telegrama al empleador intimando a que le paguen el preaviso y los 20 dias de diferencia.
Si le reconocen esos 20 dias,tambien tengo que pedirle el Art 80 y el 132 bis de la LCT ?.

Agradecere alguna respuesta . muchas gracias !!!! :roll:
El 92 bis dice que si no se registro el contrato, en este caso deficientemente el empleador renuncia al periodo de prueba con lo que le corresponde 1 mes de preaviso y la integracion del mes.)

- Le corresponden 47 dias trabajados (si no sume mal)
- Sac proporcional por esos 47 dias.
- Vac no gozadas porporcionales y su sac
- 1 mes de indemniz sustitutiva de preaviso y su sac
- Integracion del mes de despido (x 28 dias) y su sac
- No le corresponde indemnizac del 245 ya que no trabajo mas de 3 meses
- Multa Art. 2--> por las dudas, de la 25323.
- Multa 132 bis LCT

Creo que es esto no???? Que alguien corrija please.

 #183643  por DAL
 
Si no se aplica el periodo de prueba, SI le corresponde el 245.

 #183755  por juslibra
 
muchas gracias por sus respuestas !!!!
Despues les cuento como sigue esto.
Saludos a todos. son muy amables ! :lol: