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  • como saber si el empleado esta en prueba??

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #184211  por 123justicia
 
como saber si esta en prueba o no.. o si esta en negro... no mi cliente trabajo dos meses ..y lo despidieron disiendole que como estaba a prueba no le corresponde nada.
es asi?????
urgente porfavor. !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! :oops:

 #184242  por matiassergio
 
Acaso no se considera que esta a prueba cuando el contrato de trabajo ha sido realizado por escrito?

 #184309  por feli07
 
si le dieron recibos de sueldo está a prueba, si no seguro que está en negro. :wink: Por las dudas pedi un informe en Anses para ver si le hicieron los aportes.

 #184646  por LORE'''
 
Como estas?... La idea de Anses es buena, tambien tené en cuenta si lo preavisaron, ya que si estaba en blanco corresponde y si no, deben esa indemnización, ademas le tienen que pagar las vaciones proporcionales y el SAC proporcional.
Si estaba en negro acordate que según el art. 92 bis inc 3. LCT se entiende que el empleador renunció al periodo de prueba por lo que corresponde también la indemnización por antiguedad...ademas de todo lo que coresponde por no estar registrado. ¿hace mucho que lo despidieron?
Saludos!

 #184649  por GU
 
Como bien dicen, si no hay recibo de sueldo, estaba en negro.

Si estaba en negro, no procede el periodo de prueba.

Si estaba en negro, seguramente todavia no esta despedido porque no van a ser tan tontos de enviarle una CD y seguro le comunicaron el despido de manera verbal.

Por las dudas, controla aca a ver si tiene aportes:

https://servicios1.afip.gov.ar/tramites ... =0&logon=1

Saludos!

 #186279  por 123justicia
 
LORE''' escribió:Como estas?... La idea de Anses es buena, tambien tené en cuenta si lo preavisaron, ya que si estaba en blanco corresponde y si no, deben esa indemnización, ademas le tienen que pagar las vaciones proporcionales y el SAC proporcional.
Si estaba en negro acordate que según el art. 92 bis inc 3. LCT se entiende que el empleador renunció al periodo de prueba por lo que corresponde también la indemnización por antiguedad...ademas de todo lo que coresponde por no estar registrado. ¿hace mucho que lo despidieron?
Saludos!
ok esta en negro le envio el telegrama intimando todo??
registracion laboral, sac, indemn. antiguedad, vacaciones todo completito. y espero q contesta urge!!!

cuanto le correspopnderia??
por ejejmplo comenzo el 2 de mayo, percibiendo 1200 por mes 10 hs dia.-

y ahora le dicen que no, venga mas.
tuvo problemas con el encargado y lo hecho.- :oops:
urge ayuda!
gracias.-

 #186308  por feli07
 
Reclamá como si la relación laboral estuviera vigente: intimá porque aclare situación laboral, provea tareas bajo apercib de considerarse despedido. Además intimá para que regularice por ley 24013. No te olvides de mandar copia a AFIP. Esperá a ver que te contestan, no creo que regularicen. Si niega o no contesta, date por despedido por falta de tareas y/o silencio.
Al estar en negro, no se aplica el período de prueba, ergo le corresponden las indemn por despido incausado más las multas. Sería un mes de indem x antig, un mes de preaviso, integ mes despido, vac y sac prop, multas 24013, etc. Con respecto al sueldo, fijate si por convenio está bien, sino reclamá el básico de convenio. Saludos :wink:
 #186410  por Ros
 
Te voy a dar mi postura y en esto tiene que ver mi experiencia. Si tu cliente trabajo muy poco tiempo, puede ocurrir que el empleador te conteste el telegrama diciéndote que va a proceder a regularizar la relación, fijate que por dos meses de trabajo, no es mucho el costo. y además lo intima al trabajador a presentarse a trabajar, en la mayoría de los casos el trabajador no quiere saber nada con volver. Entonces como estrategia el empleador intima a que se presente a trabajar bajo apercibimiento de considerarlo incurso en abandono de tareas ( situación que no acarrea indemnizaciones).
No te olvides que tenés la ley 25323, que también podes aplicar. Capaz que en estos casos de poco tiempo de relación laboral te conviene esto o arriesgarse a intimar por ley 24013. Solo te lo comento para que lo sepas y evalúes y tomes una decisión.- Un Abrazo. Ros

 #186416  por feli07
 
Te cuento que a mi me pasó una vez: intimé por 24103 y el empleador contestó que va a regularizar y que se presente a trabajar, mi cliente fue, volvió a trabajar y así siguieron trabajando felices y contentos varios años (la pobre abogada, bien gracias) :lol:
Un forista una vez escribió que en un caso así, cuando intiman a reincoporarse, el trabajador intima a que el empleador denuncie previamente que ART lo cubre en caso de accidente laboral, mientras tanto retiene tareas. Que se yo, no se si funcionará pero como idea no es mala. :wink:

 #186549  por DAL
 
A mi me pasó en dos casos donde intimamos para que la despidan y hacer juicio, y la regularizaron y siguieron felices y contentos.
Bien por la ley! debo haber tenido 80 o más donde ante la primera carta con o sin razón, todo se fue al tacho.
2 contra 80 mmmmmm!!!!!

 #186667  por feli07
 
DAL escribió:A mi me pasó en dos casos donde intimamos para que la despidan y hacer juicio, y la regularizaron y siguieron felices y contentos.
Bien por la ley! debo haber tenido 80 o más donde ante la primera carta con o sin razón, todo se fue al tacho.
2 contra 80 mmmmmm!!!!!
Dal...y que paso con tus honorarios en esos 2 casos?...agua y ajo? jaja :lol:

 #186830  por DAL
 
Si, mucho ajo y mucha agua en los dos que siguieron laburando, y en unos cuantos de los 80 que no siguieron . . . .
C´est la vie!!!