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 #185291  por Doctor G
 
Buenas, necesito asesorar a un cliente sobre formas de resguardar su patrimonio ante diversas eventualidades como pueden ser demandas que terminen recayendo sobre sus bienes. ¿Qué le puedo recomendar?

1- ¿Constituir una sociedad con resp. limitada?
2- ¿Quizá un Fideicomiso de Administración a nombre de persona de confianza?
(creo que es una buena y poco usada figura)
3- ¿Poner los bienes a nombre de otro? (que sería trasladar el problema a esa persona)

Esto lo consulto con fines preventivos, no como medida fraudulenta para evitar a un actual acreedor. Pero la idea es que el hombre prácticamente no tenga bienes a su nombre.
Gracias,
Doc. G

 #185350  por claudiarf
 
Opino lo mismo que mi anterior colega.

 #185364  por LUHER
 
Doctora G:
Lo de la SRL esta medio en desuso, debido a los diversos pronunciamientos jurisprudenciales que han permitido, el descorrimiento del velo societario, que permite atacar el patrimonio del socio mas alla de la sociedad.
Seria conveniente que averigues como constituir una sociedad off shore en Uruguay, que si te protegen, y no hay corrimiento, ni ninguna otra sorpresa. Suerte Luher mdq

 #185462  por Doctor G
 
Bueno, gracias por las rptas. dadas hasta ahora; Luher, soy "nene". Ahora, está bien, supongamos una SRL: ¿y si pone a funcionar la SRL, con empleados, contratos y demás, cómo salvaguardar los bienes que integren su capital social ante una demanda por despido, o por un accidente? No, quizá no es una SRL lo que más convenga... No hay otras ideas?? Tiene que haber alguna variante.....

 #185635  por javierhs
 
La persona jurìdica (así cómo la física) siempre va a responder por sus deudas con su patrimonio. Si lo que queres evitar es que se coma juicios laborales, yo le recomendaría que cumpla a rajatabla con la normativa vigente. En cuanto al riesgo de tener que responder por accidentes, que contrate un buen seguro.

No va a faltar quien te diga que constituya una SRL, pero con el menor capital posible. Aunque seguis con el riesgo del corrimiento del velo societario. Entonces tendrías que complementar la constitución de la SRL con la insolvencia personal de tu cliente, pero esta maniobra no es ética.

Si lo que quiere proteger es su vivienda, podrías ver si cabe la posibilidad de afectarla al régimen de bien de familia.

 #185666  por claudiarf
 
Recuerdo el caso de un conocido que había tenido un concurso y una vez concluído armó una SA para protejer los bienes que tenía. la SA pero la soc no funcionaba. Eso sí pagaba todos los impuestos, tasas , etc.