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  • contestacion juicio apremio

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 #184675  por pink
 
estimados: mi cliente se entero q ingresos brutos le habia iniciado un juicio cuando se encontro con las cuentas embargadas. tiene todo paralizado y no tiene manera de cubrir los prestamos y sus deudas dado que si ingresa dinero se lo embargan; de esta manera se esta endeudando mas; todavia no nos presentamos en el juicio; tramita en lomas de zamora juzg. contencioso adm. se puede solicitar el levantamiento de embargo? lo que le reclaman es la diferencia entre lo que presume arba que debio aportar y lo aportado luego de que fuera intimado y abocado a un plan de pagos. alguien tiene un modelo de contestacion de demanda de este tipo y de levantamiento de embargo?
muchas gracias! es urgente!

 #184832  por MORGAN
 
Que vas a contestar? Aca solo podés oponer excepciones. Se rige por el código fiscal, la ley de procedimiento fiscal, el código contencioso administrativo y el CPCC. Andá a la of. de ARBA más cerca y preguntá quién es el apoderado, ponete en contacto y fijate si tu cliente puede pagar las costas y que ingrese a un plan de pagos recién ahí el apoderado fiscal te va a levantar el embargo bancario. Es por una deuda de ingresos brutos o inmobiliario?

 #184834  por pink
 
gracias por tu contestacion! se trata de una deuda de ingresos brutos; como decia la persona ante una intimacion se aboco a un plan de pagos pero ahora mediante titulo ejecutivo le reclaman la diferencia art. 39 bis entre lo declarado en el plan y la presuncion de arba.

 #184850  por fabiandd
 
Perdón la intromisión.
Te recomendaría que mires el expediente para que verifiques de donde surge el importe por el cual libraron la boleta de deuda (el título ejecutivo de los fiscos). El Fisco puede calcularte deuda sobre base cierta o sobre base presunta, pero en todos los casos tenés (dentro del expediente adminstrativo) el derecho a defenderte. Si es como en La Pampa (yo trabajo en la DGR de La Pampa) se debió realizar un sumario donde, previa participación del contribuyente, se determinó una deuda y eso generó el título ejecutivo.
Dos cositas más. 1) Si la boleta de deuda no fue librada conforme al procedimiento administrativo, es nula de nulidad absoluta y por tanto un título inhábil. Que pasa si se vencieron los plazos para oponer la excepción tendrá que decrinos algún colega más avezado. Sería injusto e ilógico pagar algo que no debés ¿no?
2) Si tu cliente solicitó facilidades de pago por determinados conceptos verificá si el formulario prevee que eso es declaración jurada de los mismos porque la DDJJ va por un sistema especial entonces no estaría mintiendo.
3) Ahora bien: tu cliente declaró lo que corresponde o lo hizo por menos? POrque en ese caso, que cierre el pico y hacé lo que dice el maestro MORGAN.
Saludos

 #185119  por pink
 
gracias por la ayuda!!!
tienen idea si puedo pedir el levantamiento del embargo que hizo arba usando la facultad del art. 13 bis de las cuentas bancarias? porque en el juzgado me dicen que si, pero debo acompañar documentacion que pruebe el embargo y los banco no quieren suministrarla porque dicen que es informacion privada interna. como hago?
es urgente!!!

 #186504  por carozo80
 
Pink: creo que te puedo ayudar así no das tantas vueltas. Yo todavía no soy apoderado, pero estoy a punto de serlo, pero trabajo con tres abogados más que si lo son y son apoderados de lomas, y yo les llevo las cosas. En este tipo de juicios te comento que la única excepción que prospera es la de pago; por ende, si tu cliente pagó lo que le están reclamando, oponé la excepción, que seguro el juez hará lugar; sino, no te gastes porque lo único que va a suceder es que se dilate la cuestión aún más, y vas a obtener una sentencia desfavorable. Es decir que la única alternativa posible es pagar o pagar. Como más arriba te dijeron, yo te recomiendo que te comuniques con el apoderado que lleva el juicio y que le pidas los datos del título, así podés confrontar la información. En cuanto al pedido del levantamiento, no lo vas a poder pedir hasta tanto no haya una sentencia, o bien lo podés solicitar cuando opongas la exepción de pago si es que realmente pagó lo que reclaman y ahí acreditas la documentación de pago. Espero que te haya servido, cualquier cosa que necesites no dudes en consultarme, saludos..-

Martín.-
 #188020  por andresi
 
A mi cliente le esta sucediendo algo similar , resulta que por su actividad los agentes de retencion y/o percepcion de ingresos brutos sujeto pago mensual les retiene en cada conpra todos los dias debido a la estacionalidad de su actividad compra en grandes cantidades mercaderias que vende en forma unitaria a lo largo de varios meses razon por la cual , mantiene saldo a favor con arba todos los meses, debido a las ultimas inundaciones en PBA perdio toda la informacion contable y los backups y de hecho la computadora , debido a esto no presento declaraciones juradas por 4 meses.
Arba le notifico que existian diferencias a corregir en anteriores anticipos los cuales como les indique al principio se debe a tener saldos a favor y a arba estas percepciones se las notifican tardiamente.
Pero la sorpresa se produjo cuando recibio una carta documento informandole que existia deuda en proceso judicial y se le habia trabado un embargo sobre sus cuentas bancarias (juicio de apremio) por $2150 y la llamo un contestador automatico a su domicilio fiscal notificandole lo mismo.
Nos presentamos en arba que nunca nos notifico de la deuda la misma fue estimada y tercerizada a un agente fiscal el cual quiere cobrar $700 los cuales me parecen desproporcionados y ademas quiere que me avenga a un convenio de honorarios y luego en el fisco ARBA debo pagar $1830 .
La pregunta es la siguiente me conviene oponer excepciones en el expte, dado a que el aplicativo pago mensual que genera las declaraciones juradas mes a mes no permite imprimir los papeles de trabajo por no dar saldo a favor de arba, ni imprime ningun formulario , por tal razon el unico medio de prueba son todas las facturas donde esta identificada cada percepcion realizada las mismas son pagos parciales del impuesto a los ingresos brutos en forma diaria , y son miles de facturas ;entonces mi cliente la unica prueba es la copia de la presentacion de la declaracion jurada por internet mes a mes donde el importe siempre figura en cero.

Espero haber sido claro , mi cliente mantiene con arba un saldo a favor de $3000 y al dia de la fecha a presentado todas las declaraciones juradas y esta a derecho.
La idea es levantar este juicio de apremio y realizar una accion de repeticion ante arba.
Que se les ocurre por favor necesito una mano gracias!!!!!!!!!!!