HOLA! TENGO UN CLIENTE QUE HIZO UN COMODATO SIN PLAZO Y HACE 40 DÌAS POR CD. SE INTIMÒ LA ENTREGA DE LA PROPIEDAD EN UN PLAZO DE 30 DÌAS Y NO LA ENTRGÒ ¿ ESTARÌA CONFIDURADO EL DELITO DE USURPACIÒN ? O EN SU CASO COMO DEBO ACTUAR PARA RECUPERAR LA PROPIEDAD? GRACIAS
SI COMETIO ALGUN DELITO DE LO ESTABLESIDO POR EL ART. 181 QUE DICE: Será reprimido con prisión de un mes a tres años:
1º el que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes;
2º el que, para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterarse los términos o límites del mismo;
3º el que, con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble., ESTARIA CONFIGURADO, PERO POR LO QUE EXPONES, ME PARECE QUE NO CONFIGURA UNA USURPACION, A MI ENTENDER...