una cliente saca prestamo en compañia financiera. Tiene tres cuotas impagas y la compañia, antes de intimarle al pago a mi cliente manda una carta a la central de Arcor (lugar donde trabaja mi cliente)informando q ella tiene cuotas vencidas y que,ante la inminencia de la ejecución por esa dedua (x lo gral te hacen firmar un pagare)piden a la empleadora que interceda para evitarle a la misma las "incomodidades"de tener que abrir una cuenta judicial p depositar embargos.
Ahora bien:la compañia no tiene porque "divulgar" (en este caso a la mismisima empleadora) el estado de deuda de un cliente, mas si no fue ella intimada al pago, genera una situacion por lo menos incomoda en relacion empleada empleador con una imagen negativa.
Seria viable accion por daños y perjuicios?
Alguien puede tirarme unas ideas?
GRACIAS!
Ahora bien:la compañia no tiene porque "divulgar" (en este caso a la mismisima empleadora) el estado de deuda de un cliente, mas si no fue ella intimada al pago, genera una situacion por lo menos incomoda en relacion empleada empleador con una imagen negativa.
Seria viable accion por daños y perjuicios?
Alguien puede tirarme unas ideas?
GRACIAS!