Hola gente.
Antes que nada quisiera agradecer a aquellos foristas que día a día aportan su experiencia en forma desinteresada y ayudan a los más nuevitos (como yo) con las dudas que en esta etapa de la carrera son muchas.
Bueno, les cuento que tengo un par de pagarés en dólares para ejecutar.
Tienen fecha de creación anterior a la legislación de emergencia por lo que pude ver estarán sujetos a pesificación.
Entiendo que los tribunales han ido fallando por la pesificación y aplicando el esfuerzo compartido.
Acabo de ver un fallo de la Corte Suprema (Longobardi de diciembre de 2007) que utilizando el precedente "Rinaldi" aplica esfuerzo compartido (1 peso = 1 dólar + 50% de la diferencia al valor del dólar a la fecha de pago + intereses x anuales). Es lo mismo que Massa no?
En definitiva, mi duda está en si debo plantear la ejecución en dólares y nada más o si resulta conveniente solicitar la pesificación aplicando el criterio Corte comentado arriba u otro similar.
Como jugaría en cada caso la aplicación de las costas? (entiendo que si planteo la pretensión por dólares y me pesifican no estaría prosperando la pretensión en forma total).
Espero que me puedan dar una mano.
Quedo a su disposición.
Saludos.
Antes que nada quisiera agradecer a aquellos foristas que día a día aportan su experiencia en forma desinteresada y ayudan a los más nuevitos (como yo) con las dudas que en esta etapa de la carrera son muchas.
Bueno, les cuento que tengo un par de pagarés en dólares para ejecutar.
Tienen fecha de creación anterior a la legislación de emergencia por lo que pude ver estarán sujetos a pesificación.
Entiendo que los tribunales han ido fallando por la pesificación y aplicando el esfuerzo compartido.
Acabo de ver un fallo de la Corte Suprema (Longobardi de diciembre de 2007) que utilizando el precedente "Rinaldi" aplica esfuerzo compartido (1 peso = 1 dólar + 50% de la diferencia al valor del dólar a la fecha de pago + intereses x anuales). Es lo mismo que Massa no?
En definitiva, mi duda está en si debo plantear la ejecución en dólares y nada más o si resulta conveniente solicitar la pesificación aplicando el criterio Corte comentado arriba u otro similar.
Como jugaría en cada caso la aplicación de las costas? (entiendo que si planteo la pretensión por dólares y me pesifican no estaría prosperando la pretensión en forma total).
Espero que me puedan dar una mano.
Quedo a su disposición.
Saludos.