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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #177016  por HERNAN3192
 
estimados colegas, me preguntaba como hago en el siguiente caso para asegurarme los honorarios.

en un sucesorio. un único bien inmueble, ya tengo la declaratoria de herederos a favor de mi cliente, firme convenio de honorarios por el 20%,¿ como aseguro lo acordado?, porque el próximo paso es solicitar la inscripción de la declaratoria en el registro de la propiedad inmueble.

muchas gracias y hasta pronto :lol:
 #177164  por marcella3000
 
HOLA.
PIENSO QUE AL PEDIR LA ORDEN DE INSCRIPCION, DEBES MANIFESTAR QUE PACTASTE CON TU CLIENTE UN HONORARIO DE TANTOS PESOS.
COMO EL MONTO PACTADO NO ES INFERIOR NI SUPERIOR AL ESTABLECIDO POR LA LEY DE HONORARIOS EL JUEZ LO VA A TENER PRESENTE, Y TE VA A SACAR LA ORDEN DE INSCRIPCION.-
SALUDOS.
MARCELA.-
 #178166  por HERNAN3192
 
queria aclarar que el convenio acordado fue por el 30%.
además si bien lo puedo denunciar en el expediente antes de pedir el testimonio para inscribir el inmueble, lo que quiero es asegurarme de aLGUNA MANERA PORQUE no vaya a ser cosa que una vez inscripto no quiera vender el bien y la heredera no tiene $ para pagarme al contado y quedarse con el bien.
 #186289  por 123justicia
 
HERNAN3192 escribió:queria aclarar que el convenio acordado fue por el 30%.
además si bien lo puedo denunciar en el expediente antes de pedir el testimonio para inscribir el inmueble, lo que quiero es asegurarme de aLGUNA MANERA PORQUE no vaya a ser cosa que una vez inscripto no quiera vender el bien y la heredera no tiene $ para pagarme al contado y quedarse con el bien.
creo que los honorarios se perciben ANTES de la inscripcion, salvo que manifiestes el convenio de honorarios en el expediente, y solicites se inscriben.
y si no paga ejecutes convenio .-
el convenio es sobre el valor real o fiscal?
es en capital o en provincia? :roll:
 #188318  por dra salvi
 
Mira, yo tuve un caso igual....en primer lugar, me parece excesivo el monto q pactaste....primero averigua en el juzg cual es el criterio de lo q ellos sueln regular.
Una vez q te asegures eso, denuncia el convenio en el expediente...ahi el juez si considera bien el monto, lo tiene por presentado y regula conforme lo acordado.....y ahi vas a tener q pagar la tasa de justicia y la integracion de aportes......recien despues de eso, podras librar los testimonios.....una vez q esta presentado en el expte si no te llega a pagar, podes ejecutarlo.....
Suerte!!!!
pd. Es en pcia o en capital?

 #188541  por DRA. MACA
 
Hola, es exactamente como te dijo la Dra. salvi, ojo que si es en provincia te pasaste del limite que establece la ley como minimo 8% y como maximo 25%, y en capital en primera instacia entre el 11% y el 20%.

Podes pactar en forma privada una suma para el inicio (igualmente en provincia son mas elevados los costos que en capital) y luego el porcentaje de honorarios establecidos en la ley. Cuando el juez te regule (generalmente bajos) en vez de apelar, ejecutas el convenio que firmaste con tu cliente.