Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • plazos de divorcio

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #189384  por ANATA
 
colegas estoy frente a mi primer divorcio y no comprendo como encuadrar los plazos que tengo:
la pareja esta casada hace 10 años, hace 1 año y medio estan separados de hecho con denuncia de abandono incluido.
Hace unos meses la sra (mi clienta) se entera que el marido tiene un hijo que acaba de nacer con la mujer con la cual vivia desde hace un año y medio cuando abandono su hogar...
por lo cual, pretendemos solicitar el divorcio contradictorio por la causal de adulterio, injurias graves y abandono del hogar
La duda es....
a) con las causales que tengo...necesito esperar tres años de separacion para iniciar el divorcio contradictorio????
b) puedo presentar la denuncia como abandono, aunque no se configure el tiempo necesario segun el cod civil de los tres años???
espero su respuesta

 #189391  por Doncella_de_Orleans
 
Hola ANATA.

Los 3 años de celebrado el matrimonio son para poder presentarse conjuntamente solicitando el divorcio en virtud del Art. 215 del CC.

Los 3 años de separados de hecho sin voluntad de unirse son para causal objetiva.

En el caso de contradictorio (como el tuyo) no hay plazo alguno que esperar para demandar el divorcio.

Saludos.

 #189392  por ANATA
 
Completo la informacion...no hay inmueble registrado a nombre de esta pareja, pero estaban contruyendo en el tercero de un familiar del marido...presentando los remitos de la construccion que se efectuo en la casa que seria de la familia y hoy comparte el con su nueva mujer y el recien nacido...es posible que obtenga la vivienda para los chicos, ya que actualmente viven en un galpon en una casa prestada

 #189394  por ANATA
 
Doncella gracias por tu respuesta, pero si no necesito plazo y ya puedo iniciarlo....conviene presentar la denunica de abandono, supongo que si verdad...total no tiene nada que ver el plazo
muchas gracias
 #189399  por SHT
 
PODES DEMANDAR DIRECTAMENTE POR CAUSALES SUBJETIVAS, ADULTERIO, INJURIAS GRAVES Y ABANDONO 202 Y 214 C.C. no es nec esperar los 3 años , te mando un fallo que aclara el tema, saludos

Jurisprudencia
Jurisprudencia de la Provincia de Buenos Aires
Civil y Comercial

DIVORCIO - CONCURRENCIA DE CAUSALES.

La causal objetiva de divorcio, como la separación de hecho de los conyúges sin voluntad de unirse por un tiempo continuo mayor de tres años (art. 214 inc. 2º, C. Civil), cede ante la presencia de cusales subjetivas (art.cit., inc.1º). Es decir, que si se tiene por probados los hechos que configuran a estas últimas -en el caso, las injurías graves y el abandono voluntario y malicioso-, la separación de hecho queda desplazada, y el divorcio (o la separación personal, si fuera el caso), debe decretarse en su mérito.

CCI Art. 214 Inc. 2 ; CCI Art. 214 Inc. 1

CC0201 LP, A 43699 RSD-82-96 S 30-4-96, Juez SOSA (SD)
C, F. A. c/ P. de C, E.S. s/ Divorcio
MAG. VOTANTES: Sosa-Crespi.

 #189400  por Doncella_de_Orleans
 
ANATA escribió:Doncella gracias por tu respuesta, pero si no necesito plazo y ya puedo iniciarlo....conviene presentar la denunica de abandono, supongo que si verdad...total no tiene nada que ver el plazo
muchas gracias

Sipi, armá la demanda con las tres causales.

 #189714  por ANATA
 
Muchisimas gracias por todas las respuestas
han sido de mucha ayuda