Hola: Les comento un poco el caso para entendee la pregunta. En un juicio laboral, mi cliente q es el empleador no abono los honorarios ni aportes de la letrada de la contraparte, por lo que fue intimado. El deposito de los mismos se hace de la misma forma que el de la cuota para el empleado?, Como se acredita el pago?.- Espero alguna respuesta. Desde ya muchas gracias.-
Lo que debe realizarse a traves del expediente son los pagos al trabajador. Los honorarios y aportes de los letrados, se los podes abonar directamente a ellos.
Saludos!