Hola a tofos, la verdad es que hacerato q di con este foro y muchads veces me ha sacado de dudas sin necesidad de tener que publicar una pregunta pero ahora es la excepcion, espero puedan ayudarme de seguro que sera una preguntonta para muchos.
El tema es un accidente de transito donde resulto infructuoso el reclamo administrativo en la cpia. He decidido iniciar el reclamo judicial, soy de SantaFe, por lo q no hay mediciacion previa obligatoria, pero el tema es de si debo poner en mora al tercero o no, hasta donde sabia suelo mandar CD intimando al pago y estableciendo una estimativa de daños, pero recientemente me dijeron que no era necesario.
Repase nuevamente el CC ARt 509 y creo entender que es necesario la previa ouesta en mora del 3ro.
Me pueden aclarar este tema, no quisiera comerme alguna excepcion por elproceso judicial. He tenido muchos reclamos pero siempre los he arreglado extrajudicialmente salvo....este asi que no la tengo tan clara de los pasos previos necesarios.
Saludos a todos. Carlos
El tema es un accidente de transito donde resulto infructuoso el reclamo administrativo en la cpia. He decidido iniciar el reclamo judicial, soy de SantaFe, por lo q no hay mediciacion previa obligatoria, pero el tema es de si debo poner en mora al tercero o no, hasta donde sabia suelo mandar CD intimando al pago y estableciendo una estimativa de daños, pero recientemente me dijeron que no era necesario.
Repase nuevamente el CC ARt 509 y creo entender que es necesario la previa ouesta en mora del 3ro.
Me pueden aclarar este tema, no quisiera comerme alguna excepcion por elproceso judicial. He tenido muchos reclamos pero siempre los he arreglado extrajudicialmente salvo....este asi que no la tengo tan clara de los pasos previos necesarios.
Saludos a todos. Carlos