Estimados Colegas:
Dos sucesiones que tramitan en Capital: 1) Inmueble de Capital; Ya tengo el testimonio sellado y firmado por el Juzgado, ¿le hace falta sello de agua ó sólo se coloca en los de ley 22172? Ahora con este testimonio, ¿se confecciona el formulario para la inscripción en el Registro de la Propiedad, ó se lo doy a la Gestoria para que se encarguen ellos?.- 2) El inmueble se encuentra en la provincia de Córdoba; ¿el testimonio tiene que ser ley 22172 y debe ir con sello de agua?. Muchas gracias, Danilo.
Dos sucesiones que tramitan en Capital: 1) Inmueble de Capital; Ya tengo el testimonio sellado y firmado por el Juzgado, ¿le hace falta sello de agua ó sólo se coloca en los de ley 22172? Ahora con este testimonio, ¿se confecciona el formulario para la inscripción en el Registro de la Propiedad, ó se lo doy a la Gestoria para que se encarguen ellos?.- 2) El inmueble se encuentra en la provincia de Córdoba; ¿el testimonio tiene que ser ley 22172 y debe ir con sello de agua?. Muchas gracias, Danilo.