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 #188055  por Parri
 
Hola Chicos. Les cuento un caso q no se por donde ir. Mi cliente es un sociedad extranjera (española) pero con una caracteristica, es una sociedad UNIPERSONAL. (es decir, con un solo socio).
la sociedad se llama xxxxxxxxx SL
Y abrió una sucursal en nuestro pais. Donde hay un representante quien me otorgó poder general para juicio, ya que la demandaron por indemnización de accidente laboral.
El tema es que hace un mes aprox, fallece en españa el único socio. Por lo que estuve leyendo de la ley de sociedades de responsabilidad limitada española, la sociedad debería disolverse, ya que el organo de administracion no podria funcionar, ahora:
debería denunciar el fallecimiento y la inminente disolución en el juicio laboral? Que pasa con la disolución de la sociedad respecto de la sucursal abierta acá?????? Me parece que estoy bastante confundida, en fin, desde ya agradezco quien pueda decirme por donde empezar! Saludos

 #190387  por Maia
 
Si es una sucursal y no una filial (esta segura de eso), tiene la misma personalidad jurídica de la casa matriz, con lo cual si se disuelve va a correr la misma suerte la sucursal (deberían cancelar la inscripción). Yo por ahora no denunciaría eso.. la demanda es contra la sociedad extranjera y algún administrador de aca?

 #190448  por Parri
 
Hola maia, te cuento que es una sucursal, de eso estoy segura y hay un administrador aca y apoderada (la hija) . Según lo que pude interpretar ella tendria facultades para hacer el tramite ante jurídica aca en pcia de bs as, la duda se presenta es:si para cerrar la sucursal argentina mi clienta está condicinada a que finalice y/o se inicie la disolución alla en España (alla supestamente habrá que designar un a quien liquide la sociedad).
Desde ya mil mil gracias, saludos

 #191150  por Maia
 
para cerrar la sucursal no es requisito la disolucion de la casa matriz, basta una decision del organo directivo de la casa matriz al respecto, tal como el que decide crear la sucursal. sds!