Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Edad Avanzada

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #190390  por cristhina
 
Quisiera que alguien me ayude.
Tengo un cliente , que tiene 75 años de edad, y trabaja en relacion de dependencia, manejando un auto como taxi.
La pregunta es puedo comprar con moratoria lo que me falta para llegar a 10 año, para pedir la Edad Avanxada.
 #190401  por Amber
 
Si podes, siempre que tenga al menos 5 años efectivamente trabajados dentro de los ultimos 8...
Requisitos:
De los 10 (diez) años de aportes por lo menos 5 (cinco) deben haber sido trabajados durante los últimos 8 (ocho) años anteriores al cese de la actividad.

 #190437  por cristhina
 
Gracias Amber siempre tirandome una soga para salvarme!

La regularidad la tiene.
Pero tengo otra duda, este señor se inscribio en el año 09/1976 como autonomo hasta la fecha, con lo cual tiene periodos prescriptos y no prescriptos.
Los prescriptos Art 1 Ley 14236
Los NO prescriptos ? Creo que no se puede usar la ley 25321.
Ademas le estan aportando como Rela Dependencia, es chofer de taxi, y en la cert le colocaron Taxista - comunes. Con que regimen va? Como taxista o como comunes :?:

Es mi primer Edad Avanzada, sucede que el señor es extranjero y su ingreso al pais es en el año 1977 con lo cual no llego con la moratoria y encontre esta forma de que tenga algun beneficio. :D

 #190438  por cristhina
 
Estoy trabajando en el caso y cada vez tengo mas dudas.
Describo situacion para ver quien me puede dar una mano.

Ingreso al pais: 02/1977
Edad: 76 años y 2 meses
Inscripcion de autonomos desde 01/09/1976 segun PUC
Total años rrdd 5 años 2 meses (esta trabajando)
Periodos Prescriptos 09/1976 hasta 05/1998 Cat B Act. 907 taxista hombre. Nunca pago.

Quiero armarlo así; Moratoria para completar los 10 años, pero tengo que tomar de los años prescriptos- 4 años 10 meses- Se puede? debo respetar la categoria?
y luego Prescribir o renunciar lo que no esta prescripto, pero no se que es lo correcto!
Un alma caritativa que me pueda ayudar :roll:

 #190498  por Amber
 
Creo que tenes razon, la 25321 me parece a mi tambien que se podria usar solo si compras 30 años...
El problema se te genera con los períodos posteriores al 98 que no estan prescriptos... :? :?
Probaste hacer el cálculo haciéndole una ordinaria? ahi si le podrías aplicar la 25321...
 #190508  por ANALIA1974
 
para mi tieene mal la fecha de ingreso en el dni, porque si no como puede ser?? =========

Ingreso al pais: 02/1977
Edad: 76 años y 2 meses
Inscripcion de autonomos desde 01/09/1976 segun PUC
 #190560  por Amber
 
ANALIA1974 escribió:para mi tieene mal la fecha de ingreso en el dni, porque si no como puede ser?? =========

Ingreso al pais: 02/1977
Edad: 76 años y 2 meses
Inscripcion de autonomos desde 01/09/1976 segun PUC
No me di cuenta que habias puesto que ingreso al pais en el 77 ya que al principio del post no figuraba este dato ...en ese caso no dan los años para hacer una ordinaria...

Tiene razón lo que advierte Analía, estan bien las fechas que resalta en rojo? :roll:

 #190773  por cristhina
 
Si las fechas estan bien, este señor me dijo que el se inscribio para poner un negocio pero recien despues hizo los tramites de ingreso al pais y la radicacion.
De todas maneras a mi esa fecha no me modifica nada, porque un año no me cambia la situacion. o me equivoco!
Es decir con moratoria no llega a comprar los 30 años y para pagar de contado es una suma que no tiene.
Tengo dudas de si puedo comprar en periodos prescriptos, yo creeria que si, peeerooo! no se
Y mi otra duda es si se puede aplicar la Ley 25321, que en el caso de pensiones no se puede.
Gracias a quienes me respondieron.
 #190830  por lujan07
 
cristhina escribió:Quisiera que alguien me ayude.
Tengo un cliente , que tiene 75 años de edad, y trabaja en relacion de dependencia, manejando un auto como taxi.
La pregunta es puedo comprar con moratoria lo que me falta para llegar a 10 año, para pedir la Edad Avanxada.
No creo que tengas problemas. Pero además; pensaste en pedir la J.O.? Por la edad me parece que sería mejor. fijate que si le figuran los aportes en SJIP... de ser así y si tiene del 2008 se quedará sin DD.JJ. por ende la cuota de moratoria será algo elevada. Suerte!!
Saludos.
Lujan

 #190833  por lujan07
 
cristhina escribió:Si las fechas estan bien, este señor me dijo que el se inscribio para poner un negocio pero recien despues hizo los tramites de ingreso al pais y la radicacion.
De todas maneras a mi esa fecha no me modifica nada, porque un año no me cambia la situacion. o me equivoco!
Es decir con moratoria no llega a comprar los 30 años y para pagar de contado es una suma que no tiene.
Tengo dudas de si puedo comprar en periodos prescriptos, yo creeria que si, peeerooo! no se
Y mi otra duda es si se puede aplicar la Ley 25321, que en el caso de pensiones no se puede.
Gracias a quienes me respondieron.
No sabía ese dato de ingreso en el 77. Creo que podrías aplicar el beneficio. aunque debería asegurarte de que sean 5 dentro de los ultimos 8 para que te quede con la regularidad.
LUJAN