PREGUNTA A LOS COLEGAS:ES COMPETENTE EL JUZGADO CIVIL DE LA PCIA DE BS. AS PARA DEMANDAR AL REGISTRO DEL DOMINIO AUTOMOTOR POR DAÑOS Y PERJUICIOS. O DEBE REALIZARSE LA DEMANDA POR ANTE LOS TRIBUNALES FEDERALES.? PREGUNTO POR K YA METI LA DEMANDA Y ME C OPUISIERON LA EXCEPCION DE INCOMPETENCIA POR TRATARSE DE UNA CUESTION FEDERAL. AGRADECERE OPINIONES.
ZAPONIDAS