Yo presenté un escrito pidiendo que se ordenara el libramiento de giro a favor de mi cliente por las sumas depositadas en autos por el empleador del demandado, en razón del embargo que pesaba sobre sus haberes para afrontar gastos de alimentos.
De mi escrito ordenaron traslado. Hago la cédula y…. así es la historia:
El 26/05 el letrado de la contraria (patrocinante) renuncia al patrocinio y el 26/05 a la tarde se notifica mi cédula en el domicilio constituido.
A la renuncia le proveen “30/05 Hágase saber mediante cédula la renuncia efectuada al patrocinio”. (No aclaran plazo para presentarse con otro abogado, ni apercibimiento de quedar notificado en los estrados del tribunal)
El 06/06 el letrado anterior devuelve la cédula que le mandé (por ser concomitante con su renuncia) a lo que el 19/06 proveen un “Hágase saber” (El 20 y el 24/06 dejé nota así que de esto me notifico el viernes 27/06)
Acto seguido la contraria me vuelve a mandar el expte a despacho acreditando el diligenciamiento de la cédula ley al domicilio del cliente notificándole la renuncia y sale a letra con un “Agréguese” del 26/06, de modo que todo toma nota el 27/06.
Pregunta: Aún cuando el patrocinante haya devuelto la cédula... quedó notificado???? (porque lo del plazo de 10 días para presentarse con nuevo letrado y constituir domicilio es en caso de apoderado)
Qué opinan??????
De mi escrito ordenaron traslado. Hago la cédula y…. así es la historia:
El 26/05 el letrado de la contraria (patrocinante) renuncia al patrocinio y el 26/05 a la tarde se notifica mi cédula en el domicilio constituido.
A la renuncia le proveen “30/05 Hágase saber mediante cédula la renuncia efectuada al patrocinio”. (No aclaran plazo para presentarse con otro abogado, ni apercibimiento de quedar notificado en los estrados del tribunal)
El 06/06 el letrado anterior devuelve la cédula que le mandé (por ser concomitante con su renuncia) a lo que el 19/06 proveen un “Hágase saber” (El 20 y el 24/06 dejé nota así que de esto me notifico el viernes 27/06)
Acto seguido la contraria me vuelve a mandar el expte a despacho acreditando el diligenciamiento de la cédula ley al domicilio del cliente notificándole la renuncia y sale a letra con un “Agréguese” del 26/06, de modo que todo toma nota el 27/06.
Pregunta: Aún cuando el patrocinante haya devuelto la cédula... quedó notificado???? (porque lo del plazo de 10 días para presentarse con nuevo letrado y constituir domicilio es en caso de apoderado)
Qué opinan??????