cobrale por adelantado, aun asi te digo que vos tambien podes ejecutar a tu cliente en caso de insolvencia de la otra parte, lo dice la ley.
el abogado cobra si o si, normalmente le reclamas al condenado en costas, o sea al que perdió el juicio, pero si no tiene un peso amigablemente decile a tu cliente que no te queda otra que pedirselo a el y si no te paga inicía ejecucion de honorarios en contra de tu cliente.
sino dejalo por escrito, hace un convenio de honorarios y cobrale de antemano una suma y la otra al obtener sentencia favorable, en caso de no obtener sentencia favorable solo le cobras lo de antemano por el servicio prestado porque la labor del abogado no garantiza un resultado sino que es una obligacion de medios, si fuistes diligente y perdes el juicio podes cobrarle igual por mas que tu cliente te haga mala cara ya que nadie tiene comprado una sentencia y mas cuando en la otra parte tambien hay un abogado que quizas es mas vivo o tuvo mejores pruebas que vos.