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 #193201  por perla
 
Hola!! Como están tanto tiempo.
En esta ocación me surge una duda existencial que ya la he charlado con otros colegas y nadie parece tener la respuesta. Ahi les va mi duda:
Tengo un cliente que por temas laborales se mudó a la provincia de Correintes, su ex esposa le inicia un incidente de aumento de cuota alimentaria en provincia de Buenos Aires. ¿Se puede actuar por poder?
La ley no especifica nada, ni que si, ni que no, o como el caso de las sucesiones que requiere poder especial.
No se que hacer, la audiencia es en unos días.
Si alguien sabe o le toco un caso similar. desde ya como siempre muchas gracias

 #193225  por diegogvillamayor
 
actuas con poder especial, con las facultades bien explicitas.
Tengo varios clientes en el exterior y en flia siempre actue con poder.

saludos

 #193235  por perla
 
Gracias Dr. El tema es que la escribana que confecciono el poder lo hizo amplio, demaciado, diria y para lo único que no me faculto es para actuar en familia

 #193242  por diegogvillamayor
 
los poderes judiciales casi siempre tienen que ser especiales, no sirve un poder gral.
por eso te digo tiene que ser un poder especial para actuar en esa causa de aumento de cuota. O para actuar en el pricipal y sus incidentes.
si tenes poder gral algunos tribunales lo rechazan.

saludos

 #194984  por perla
 
muchas gracias Dr. veremos como,lo piloteamos hasta que llegue el nuevo poder.