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 #193055  por claukp
 
SON DUDAS QUE SIEMPRE TENGO SOBRE ESTE TEMA:
• CUANDO LA PARTE CONTRARIA SOLICITA EL BENEFICIO, EN LA CITACIÒN DE TESTIGOS, TIENE QUE IR LA OTRA PARTE, LA QUE NO SOLICITO EL BENEFICIO. ES DECIR, CUANDO LE LLEGA LA NOTIFICACIÒN DE QUE LA CONTRARIA TIENE AUDIENCIA PARA INTERROGAR SUS TESTIGOS OFRECIDOS A TAL FIN, ES PARA TENER DICHO CONOCIMIENTO DE LA AUDIENCIA, NO?
• EN CUANTO A LOS HONORARIOS SE REGULAN? SI ES ASÍ, ES UN MÌNIMO?

 #193255  por feli07
 
Hola! En gral. la contraria se notifica de la audiencia del beneficio pero no va. Aunque puede hacerlo y preguntar a los testigos, de hecho en un beneficio me pasó que yo no podía ir y los testigos solo tenían que ir a ratificar lo declarado por escrito, así que dejé que vayan solos con el actor. Insólitamente, el letrado de la demandada (Municipalidad) fue a la audiencia y como quería preguntar tuvieron que suspenderla y fijar otra para que vaya yo! En la nueva audiencia el letrado preguntó una pavada y listo!!!! Fin de la Audiencia. :lol:

 #193276  por Taneyev
 
Sí, pero consiguió que los testigos del beneficiario se calentaran
por tener que perder otra mañana de trabajo, además de las molestias del transporte. Si los testigos del beneficio también fueron ofrecidos para el
principal, es buena idea para la contraria el ir a la audiencia para
presionar. Siempre es pósible que el testigo se enoje, y cuando lo citen
de nuevo para el principal, no vaya.