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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #192443  por Sarasa
 
:D BUEN DIA ! :D Soy abogada, recien me recibì y estoy trabajando de manera independiente en mi estudio juridico. Me inscribi en monotributo y todo ok pero no se si debo emitir por mis servicios RECIBOS O FACTURAS . Si alguien me ayuda MIL GRACIAS ! :D :D :D

 #192453  por Sarasa
 
Plis alguien que me ayude!!! Estoy teniendo delirios persecutorios-Tributarios. :D

 #192591  por Reynaldo
 
Para los profesionales es indistinto que usen recibos o facturas.

Y tranquila!!!

Saludos.

 #192827  por Viracocha
 
Muchas Gracias Reynaldo!!! :D :D :D

Ahora si es indistinto, que es mas cómodo, o mas practico, o me conviene????
Perdón por ser molesta pero una vez que opte me tengo que quedar con la opción del comprobante que elegí (supongo). Muchas gracias de nuevo!


:D :D :D :D :D :D :D :D

 #193154  por Reynaldo
 
Con la factura creás la obligación del pago. Y deberías entregarla al término de la prestación, independientemente que te paguen o no.
Con el recibo estás reconociendo que recibiste el pago. Y la estarías entregando cuando se hace efectivo el mismo.
Impositivamente, la obligación con el fisco nace cuando terminás la prestación o entregás tu comprobante (factura o recibo), lo que sea anterior.
También podés tener ambas. Entregás la factura cuando concluís tu servicio, y el recibo una vez que te paguen.

Espero te haya servido. Saludos!

 #194241  por malae
 
También podés tener ambas. Entregás la factura cuando concluís tu servicio, y el recibo una vez que te paguen.

Espero te haya servido. Saludos![/quote]


Respecto de este punto, te aclaro que, en caso de optar por ambas, las facturas tendrían la letra "C" y los recibos deberían tener la letra "X", agregándole la leyenda: "Comprobante no válido como factura".

Y si, si optás por un comprobante, hay que mantenerlo.

Saludos!