Gente: En los contratos de locación están prohibidas las cláusulas de index, pero si coloco un índice determinado (como índice de precios al consumidor) puede quedar en pie, ya que el precio pasa a ser determinable?
Es que la clienta quiere cubrirse x inflación y no acepta que se pacte un precio escalonado para la locación.
Con una claúsula de renegociación periódica respecto del precio del alquiler, puede obtener los mismos beneficios pero de forma legal?
Le dije cuáles eran las consecuencias de la cláusula de index al momento de tener que ejecutar el contrato o efectuar cualquier reclamo, pero no le importa, en tanto pueda continuar cobrando aumentos periódicos.
Los contratos son el pcia. de BA, puedo poner que se someten a la jurisdicción de Capital? , ya que ahí existe desalojo abreviado.
Gracias a los que puedan responder.
Es que la clienta quiere cubrirse x inflación y no acepta que se pacte un precio escalonado para la locación.
Con una claúsula de renegociación periódica respecto del precio del alquiler, puede obtener los mismos beneficios pero de forma legal?
Le dije cuáles eran las consecuencias de la cláusula de index al momento de tener que ejecutar el contrato o efectuar cualquier reclamo, pero no le importa, en tanto pueda continuar cobrando aumentos periódicos.
Los contratos son el pcia. de BA, puedo poner que se someten a la jurisdicción de Capital? , ya que ahí existe desalojo abreviado.
Gracias a los que puedan responder.