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  • lo cito a absolver posiciones o como testigo?????

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 #191390  por bogabogani
 
HOLA AMIGOS FORISTAS!, QUERIA SABER SU OPINION SOBRE ESTE DILEMA QUE SE ME PLANTEA.
TENGO UNA DEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS EN LA CUAL MI CLIENTE YA HABIA INICIADO TRATATIVAS EXTRAJUDICIALES POR SU PARTE QUE NO LLEGARON A NINGUN LADO PERO LO INTERESANTE ES QUE FIRMO CON QUIEN, EN ESE MOMENTO, ERA EL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA UNA ESPECIE DE RECIBO DONDE LE ADELANTAN GASTOS MEDICOS PERO ADEMAS SE RECONOCE EL HECHO QUE GENERO EL ACCIDENTEY SE SOLIDARIZA A LA CIA. aSEGURADORA.
EN LA ACTUALIDAD, ESE REPRESENTANTE YA NO PERTENECE MAS A LA EMPRESA AHORA MI DUDA ES COMO LO CITO EN LA CAUSA:
- ABSOLVER POSICIONES
O
-COMO TESTIGO Y/O RECONOCIMIENTO DE FIRMA DEL DOCUMENTO QUE FIRMO CON MI CLIENTE.

ESPERO SUS RESPUESTAS
MUCHAS GRACIAS!

 #191421  por diegogvillamayor
 
hola como estas, a absolver posiciones citas a la demandada y nadie mas.
si no vas a demandar a esta persona lo tenes que poner como testigo.

saludos

 #191463  por polig
 
Coincido con Diego.

 #191827  por bogabogani
 
MUCHAS GRACIAS POR RESPONDER!!! :D
BOGA

 #194654  por IUSNATURALIS
 
Es tu testigo clave! Prepará bien el interrogatorio, recordá que durante su gestión, sus actos funcionales generaban responsabilidad a la compañía. Saludos!

 #195264  por Doncella_de_Orleans
 
Como testigo y para el reconocimiento de documentación y firma.

 #195309  por Taneyev
 
Y no te olvides de ofrecer pericial caligráfica para el supuesto de
que se negare la firma, y contable sobre los libros de la empresa
para el supuesto de que se negare el puesto que ocupaba en ella.
Tenés el domicilio real del tipo?. Si nó,intimá a la empresa para
que lo denuncie.
 #215184  por bogabogani
 
GRACIAS POR CONTESTAR! me sirvieron mucho sus sugerencias Boga.

TANEYEV! me abriste los ojos con respecto a la prueba, el tema es que presente la demanda , aunque todavia no le di traslado asi que podria Ampliarla para agregar la prueba?
En cuanto al domicilio de este testigo yo habia puesto el de la empresa porque el real no lo sé, pero lo que vos me decis de intimar a la empresa para que lo denuncié es lo que deberia haber hecho. Que me conviene hacer?
Muchas Gracias

 #215200  por Doncella_de_Orleans
 
Ampliá la prueba si no notificaste aún.

 #218531  por bogabogani
 
Seria mas o menos asi el modelo??????:

AMPLIA PRUEBA

SEÑOR JUEZ:

....,ABOGADO,......EN AUTOS...A VS RESPETUOSAMENTE DIGO:

Que vengo a ampliar la prueba ofrecidad en autos, todo ello previo al traslado de la demanda. Ella es:

a) Pericial Caligráfica: Para el eventual supuesto de desconocimiento de la firma de la testigo: Sra......, solicito se designe...etc, etc.
b)Pericial Contable:.......

Asimismo se solicita que se intime a XXX S.A. denuncie el domicilio real de :.....

Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA


QUE LE PARECE ? ALGO QUE AGREGAR? EL ARTICULO EN QUE LO FUNDAMENTO ES EL 331 DEL CPCC?

GRACIAS!, BOGA
 #219871  por Nats
 
Hola a todos..Hablando de pruebas..que pasa, si como actor se le pasa el plazo para ofrecer prueba y a la demandada por presentarla en tiempo la ofrece?...ahora pidio absolver a la actora, ya fijaron audiencia..mas testigo e informativa. El actor tiene que esperar que se produzca toda la prueba del demandado?, pedir clausura, y despues alegar?...Se podra plantear su pueba en 2da instancia (confesional e informativa)...o el actor por negligente ya perdio el juicio??...
Gracias..

 #220184  por Taneyev
 
Si la actora no ofreció prueba antes de correr traslado de la demanda,precluyó la oportunidad para ofrecerla. Se quedó sin prueba.
No puede pedir medidas de prueba en segunda instancia. La demandada
produce toda la prueba de que intente valerse y pide la clausura del
término y autos para alegar. No hace falta acusar negligencia. Esta procede
sólo cuando se han ofrecido pruebas y no se producen en el tiempo o
forma prescriptos. Pero si no se ha ofrecido ninguna, simplemente no
hay prueba que producir.
 #220212  por Nats
 
En este caso, la actora ofrecio prueba antes del traslado de demanda, documental, informativa y pericial. Hubo negligencia de su parte, porque no se ratifico ni se produjo en los primeros 10 dias de los 40 del periodo de prueba, pero si se ofrecio al inicio...a eso dirigia mi pregunta, que pasaba con la prueba de la actora, que ofrecida, no se produjo oportunamente.