Para el cálculo del sueldo anual complementario de la trabajadora que durante el semestre gozó de la licencia por maternidad, deberá calcularse tomando en cuenta la mejor remuneración del semestre (sin considerar la asignación familiar por maternidad percibida durante la licencia -no remunerativa-), y luego calcular el sueldo anual complementario en forma proporcional al tiempo en que la trabajadora no se encontró gozando de la licencia por maternidad.
Esto es así, porque durante el período de licencia, la ejecución del contrato de trabajo se encontró suspendida, no existiendo prestación laboral ni contraprestación dineraria, sino únicamente una asignación familiar a cargo del Estado. En síntesis, se excluye, del cálculo del sueldo anual complementario, el período de licencia por maternidad
Espero que te haya servido. Saludos!!!