Buenas Tardes Colegas!!!!..., esta vez es una preguntonta..., pero prefiero disipar dudas: El traslado de la negligencia que yo le planteo a la contraria por la no produccion de la prueba testimonial..., se notifica Ministerio Legis no????. El proveido textual dice: "..., de la negligencia planteada a fs 112, tarslado a la parte contraria por el termino de 5 dias". No dice ni Notifíquese ni nada por el estilo..., asi que supongo que es Ministerio Legis..., igual espero opiniones.
Desde ya Muchas Gracias!!!
Desde ya Muchas Gracias!!!
"Q el camino salga a tu encuentro, q el viento siempre sople a tu espalda, q el sol siempre brille cálido en tu rostro, q la lluvia caiga suave sobre tus campos, y hasta q volvamos a encontrarnos, q Dios te tenga en la palma de su mano"