Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • EDAD PARA ESTAR EN JUICIO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #197149  por GALA
 
Hola a todos! Mi duda es la siguiente. Ojala me la aclaren.- Mi cliente tiene 19 años, y de acuerdo al art. 33 de la LCT, esta legitimado para intervenier por derecho propio? y en cuanto a la intervención promiscua del Ministerio Público, como se procede? desde ya muchas gracias.-

 #197243  por MORGAN
 
No se en que pcia. estás, acá en la de Buenos Aires, el trabajador desde los 18 años de edad tiene plena capacidad para otorgar poder y/o hacerse representar por abogado en cuestiones relativas a su trabajo, ello surge de las leyes de procedimiento laboral.

 #197354  por GALA
 
Estoy en pcia de Bs.As tambien. Me parecia que era asi pero mi duda era si podia por derecho propio intervenir, gracias por aclararme la duda.-