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  • SUCESION AUTOMOTOR...que hago?

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 #189655  por luly
 
Hola! hoy la mano que les pido viene por aca: tengo un sucesiorio en el cual hay un auto 50% ganancial, o sea la viuda heredaria el 50 ganancial y cada hijo el 25% (son 2). El tema es el siguiente: los hijos quiren que el auto este a nombre de la madre unicamente (ya tengo declaratoria!), como hago? con que escrito?? por otra parte, la valuacion fiscal la pedi en el Municipio... actualizada a la fecha. Pero, como sigo? pido la adj a nombre de la viuda y.... despues??? Espero que me ayuden!!! si no fui clara, diganme :oops: Saludos!!!!

 #189657  por luly
 
Ah! me olvide y aprendi que es importante que lo sepan! Estoy en Pcia de Bs as!!

 #189672  por ji_mdq
 
Hola!!! yo hace un tiempo hice lo mismo en una sucesion pero con un inmueble, yo te cuento como fueron los pasos que segui: primero practique la declaracion jurada patrimonial con el valor de la valuacion fiscal, determine tasa de justicia y pedi regulacion de honorarios. Despues pague tasa, sobretasa, aportes e ingresos brutos y pedi la particion y adjudicacion de los bienes a favor de uno solo de los herederos. Es lo que se le llama en el codigo particion privada en el expediente, siendo todos mayores y capaces es perfectamente valido. Aca no tengo el modelo del escrito ya que no estoy en el estudio, si puedo en estos dias te mando el modelo.
Saludos
Jime

 #191853  por luly
 
Gracias!!! Si alguien me puede ampliar un poco el tramite respecto de las inscripciones y el modelito.... agradezco!!! Saludos!

 #193209  por perla
 
Hola Luly. Te comento, yo tuve un caso similar. pero aca el auto quedo a nombre de uno de los hijos. te ceunto. en mi caso la madre (cónyuge superstite), dono a uno de sus hijos el 50% por escritura pública que adjunte al espediente. y el hermano (heredero del 25%) lo dono dentro del mismo expediente.
Tu caso creo seria similar. deberias presentar un escrito donde los hijos cedan su 50%. Así tendría que funcionar bien.

 #193211  por perla
 
otra cosa en provincia la valuacion de los rodados se toma por el valor de reventa, no el fiscal, y lo demostras adjuntando un recorte de diario, o seguro del auto o por valuacion que te haga una agencia. lo que más te conviene es el diario. fijate que tiene que coincidir, modelo, año, y version. y si hay más de un clasificado, se toma el más alto. besos espero que te sirva[/quote]

 #193699  por NANCHU
 
Hola. tengo un caso similar. Perla me podrias explicar mas detalladamente como "dono dentro del expediente"?

gracias

NANCHU

 #193900  por Monig
 
perla escribió:Hola Luly. Te comento, yo tuve un caso similar. pero aca el auto quedo a nombre de uno de los hijos. te ceunto. en mi caso la madre (cónyuge superstite), dono a uno de sus hijos el 50% por escritura pública que adjunte al espediente. y el hermano (heredero del 25%) lo dono dentro del mismo expediente.
Tu caso creo seria similar. deberias presentar un escrito donde los hijos cedan su 50%. Así tendría que funcionar bien.
Es válida la donación hecha en el expediente? Tengo entendido que no porque las donaciones se hacen por escritura pública. El juez ya te decretó haciendo lugar?. Si a él se le pasó, te lo inscribieron en el registro? Porque si se les pasó por alto, en el hipotético caso de plantearse un conflicto, pueden invocar nulidad por vicio en el título?
Por favor opinen, quizá estoy equivocada, así aprendemos todos.

 #194631  por IUSNATURALIS
 
Un detallecito que no deben pasar por alto al elaborar la donación, muchachos: el automotor, por ser ganancial, corresponde: 50% a la viuda (recupera su aporte), y el otro 50% se divide en 3 partes: los 2 hijos y la viuda, que hereda como un hijo más sobre la fracción propia del marido. Es decir, cada hijo le cede un 16,66%. Un tecnicismo, pero importante. Saludos a todos!

 #194986  por perla
 
Ok. Les comento mi caso particular. Estamos hablando de un juzgado de provincia. La conyuge, como corresponde hizo la donacion por escritura. en cambio el hermano co-heredero, lo hizo en el expediente, manifestando haber percibibo el dinero en efectivo. El auto ya esta a nombre del heredero desde hace dos años. así que se puede. Otra cosa para quien dice que el conyuge hereda de los bines gananciales, me parece que esta equivocado. El cónyuge no hereda en los gananciales, solo en los propios.

 #194996  por feli07
 
IUSNATURALIS escribió:Un detallecito que no deben pasar por alto al elaborar la donación, muchachos: el automotor, por ser ganancial, corresponde: 50% a la viuda (recupera su aporte), y el otro 50% se divide en 3 partes: los 2 hijos y la viuda, que hereda como un hijo más sobre la fracción propia del marido. Es decir, cada hijo le cede un 16,66%. Un tecnicismo, pero importante. Saludos a todos!
La cónyuge supérstite no participa de los gananciales si hay descendientes!!! Sólo le corresponde su 50% y el otro 50% es para los hijos. :wink:

 #195095  por Monig
 
perla escribió:Ok. Les comento mi caso particular. Estamos hablando de un juzgado de provincia. La conyuge, como corresponde hizo la donacion por escritura. en cambio el hermano co-heredero, lo hizo en el expediente, manifestando haber percibibo el dinero en efectivo. El auto ya esta a nombre del heredero desde hace dos años. así que se puede. Otra cosa para quien dice que el conyuge hereda de los bines gananciales, me parece que esta equivocado. El cónyuge no hereda en los gananciales, solo en los propios.
Estamos hablando de derecho de fondo, que establece la forma en que se hacen las donaciones. El hecho que lo hayan inscripto a nombre del heredero no implica necesariamente que sea lo correcto ya que los funcionarios son seres humanos y como tales no están excentos de cometer errores. Conozco un caso de donación de inmueble hecho en expte. el juez hizo lugar, pero en el Reg. de la Propiedad no le inscribieron porque la sentencia no se basaba en escrit. pública. En este caso es indubitable. Quizá al tratarse de donación de automotor...

 #195142  por ramblernauta
 
Si percibió dinero en efectivo por su cuotaparte indivisa del rodado no hubo donación!
Monig escribió:
perla escribió:Ok. Les comento mi caso particular. Estamos hablando de un juzgado de provincia. La conyuge, como corresponde hizo la donacion por escritura. en cambio el hermano co-heredero, lo hizo en el expediente, manifestando haber percibibo el dinero en efectivo. El auto ya esta a nombre del heredero desde hace dos años. así que se puede. Otra cosa para quien dice que el conyuge hereda de los bines gananciales, me parece que esta equivocado. El cónyuge no hereda en los gananciales, solo en los propios.
Estamos hablando de derecho de fondo, que establece la forma en que se hacen las donaciones. El hecho que lo hayan inscripto a nombre del heredero no implica necesariamente que sea lo correcto ya que los funcionarios son seres humanos y como tales no están excentos de cometer errores. Conozco un caso de donación de inmueble hecho en expte. el juez hizo lugar, pero en el Reg. de la Propiedad no le inscribieron porque la sentencia no se basaba en escrit. pública. En este caso es indubitable. Quizá al tratarse de donación de automotor...

 #197267  por maflobru
 
Yo tengo un caso similar pero con un inmueble hice el sucesorio hasta la declaratoria de herederos y despues por particion privada y se cediron los derechos por escritura publica. Estoy en entre rios
 #197509  por LorenaVC
 
luly escribió:Hola! hoy la mano que les pido viene por aca: tengo un sucesiorio en el cual hay un auto 50% ganancial, o sea la viuda heredaria el 50 ganancial y cada hijo el 25% (son 2). El tema es el siguiente: los hijos quiren que el auto este a nombre de la madre unicamente (ya tengo declaratoria!), como hago? con que escrito?? por otra parte, la valuacion fiscal la pedi en el Municipio... actualizada a la fecha. Pero, como sigo? pido la adj a nombre de la viuda y.... despues??? Espero que me ayuden!!! si no fui clara, diganme :oops: Saludos!!!!
Si te sirve. Porque no sacas del juzgado el oficio testimonio y 08 a nombre de los hijos, y despues en el registro firman otro 08 por la venta.
Porque yo no se si te van a hologar una particion donde los herederos no reciben nada? hay otros bienes?
En La Plata, las cesiones en los expedientes se complican! hay jueces que no ordenan las inscripciones. Guarda.