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  • Intimacion a Pagar Deuda y Cheque recahzado

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 #184959  por Psicoteen
 
Buenas tardes. Necesito si alguien me puede ayudar con lo siguiente. Necesito intimar a un cliente, cuyos pagos se encarga una gerenciadora. En enero cancelaron la deuda, pero ese pago (que fue realizado con cheque), fue rechazado por falta de fondos. Ya pasaron varios meses y a las llamadas realizadas (2 veces por semana) dicen que no tienen novedad alguna.
Ya no se si me estan tomando el pelo o que, por lo que necesito hacer que me respondan sin llegar a un pleito judicial. Pero necesito que se "preocupen". Bueno espero que me puedan ayudar.
 #197776  por disandro_ar
 
Psicoteen escribió:Buenas tardes. Necesito si alguien me puede ayudar con lo siguiente. Necesito intimar a un cliente, cuyos pagos se encarga una gerenciadora. En enero cancelaron la deuda, pero ese pago (que fue realizado con cheque), fue rechazado por falta de fondos. Ya pasaron varios meses y a las llamadas realizadas (2 veces por semana) dicen que no tienen novedad alguna.
Ya no se si me estan tomando el pelo o que, por lo que necesito hacer que me respondan sin llegar a un pleito judicial. Pero necesito que se "preocupen". Bueno espero que me puedan ayudar.
INTIMAMOS plazo 48 Hs. al pago de la suma de pesos OCHO MIL DOSCIENTOS SEIS CON 16/100 ( $ 8.206,16), con más intereses y gastos generados por la mora en el cumplimiento de la obligación, correspondiente a los titulos de credito que se detallan a continuacion: cheque Nro. 11546444 librado c/ Banco de la Nación Argentina de $ 1.000,00 en razón que presentado al cobro con fecha 10/06/2002, fue rechazado por no tener fondos suficientes en cuenta y cheque Nro. 56248068 librado c/ Banco de la Nación Argentina de $ 7.206,16 en razón que presentado al cobro con fecha 10/06/2002, fue rechazado por no tener fondos suficientes en cuenta. Todo ello bajo apercibimiento de iniciar la correspondiente acción penal y perseguir el cobro ejecutivo del importe adeudado.
Le/s hacemos saber que dichos documentos rechazados obran en nuestro poder. Para el pago deberá concurrir a al domicilio de Av. General Paz 21 4to. Piso A, de ésta ciudad de Córdoba. Todo ello bajo apercibimiento de ley. Queda Ud. debidamente intimado al pago de lo adeudado.(Art. 302 Inciso 1 Código Penal).

Queda/n Ud/s. debidamente notificado/s.

Córdoba, 25 de Junio de 2002.