Deben estar presentes las partes en la audiencia de testigos? o puedo ir yo solo yo con el interrogatorio?
Si la parte está representada por apoderado letrado, no tiene obligación de estar presente, bastando conque lo esté el apoderado. Si actúa por derecho
propio con patrocinio letrado, debe necesariamente estar presente en la
audiencia, con su letrado. Si ni la parte ni el apoderado concurren, se
puede interrogar de oficio a los testigos,siempre que se haya dejado interrogatorio previo a la audiencia. Obviamente no será posible modificar,
ampliar o desistir de las preguntas. Y si la otra parte se opone a alguna
de ellas, el juzgado resolverá en el acto.
En todo caso, jamás es aconsejable dejar solos a los testigos en una
audiencia