Buenas tardes a todos, les comento mi caso a ver quien pueda orientarme, inicié una demanda por restricciones y limites al dominio en Juzgado de Paz, quien inicia el juicio es la esposa (ambos conyuges son propietarios de la propiedad) contra una vecina que plantó arboles gigantes pegados a la medianera, lo que le ocasionó graves problemas.
Inicio el juicio hace un año, despues de audiencia previa y todo, la contraria jamas se presenta, se la declara en rebeldía y hoy me notifican de la sentencia la cual dice que no hacen lugar a la demanda por falta de legitimación activa, segun la interpretacion del juez quien debería haber iniciado el proceso es el marido porque el vivia en la casa desde chico, de todos modos ambos son propietarios y tienen la escritura. Ahora tengo que apelar, pero es la 1ra vez que lo hago, como se inicia una apelación? se hace en el mismo juzgado de la sentencia? como se caratula, por favor todo lo que me puedan aportar me sirve.
Se pueden agregar nuevas pruebas en una apelación? en este caso seria copia de la escritura del dominio.
Otra pregunta mas: conviene la apelación o hay posibilidades que la Camara diga lo mismo? Conviene en ese caso iniciar directamente ante Juzgados Civiles un ds y ps?
Gracias .
Inicio el juicio hace un año, despues de audiencia previa y todo, la contraria jamas se presenta, se la declara en rebeldía y hoy me notifican de la sentencia la cual dice que no hacen lugar a la demanda por falta de legitimación activa, segun la interpretacion del juez quien debería haber iniciado el proceso es el marido porque el vivia en la casa desde chico, de todos modos ambos son propietarios y tienen la escritura. Ahora tengo que apelar, pero es la 1ra vez que lo hago, como se inicia una apelación? se hace en el mismo juzgado de la sentencia? como se caratula, por favor todo lo que me puedan aportar me sirve.
Se pueden agregar nuevas pruebas en una apelación? en este caso seria copia de la escritura del dominio.
Otra pregunta mas: conviene la apelación o hay posibilidades que la Camara diga lo mismo? Conviene en ese caso iniciar directamente ante Juzgados Civiles un ds y ps?
Gracias .