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  • Sucesión complicada... (Cuándo tendremos alguna fácil...??)

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #193249  por doctoreduardo
 
Mi cliente quiere abrir varias sucesiones por propiedades que están a nombre de sus tías-abuelas fallecidas, hasta ahí tengo claro que la línea colateral llega hasta ella por Derecho de Representación. Aclaro que estas tías-abuelas no tienen descendencia.
Pero me pide que al abrirlas NO NOTIFIQUE a un tío (hijo de otra tía-abuela) y entiendo que según la ley ‘el pariente más cercano excluye al más remoto’; si este tío se entera por edictos y se presenta seguramente la desplazará y yo puedo a llegar a tener problemas por omitirlo ADREDE ????

El asunto se complica aún más porque hay OTRA tía, que está de acuerdo en cederle a ella sus derechos, pero tiene dos hijos que seguramente más adelante le podrán reclamar.

Que me aconsejan..???

 #193497  por DAL
 
Te aconsejamos cobrar por adelantado!!!!
jajaja!!!

REspecto al pariente preterido, vos no tenes obligacion de conocer toda la ramas del árbol genealógico. Pedí a tu cliente que te de una planilla o arbol firmado por ella con la composición del grupo familiar, con los herederos. Queda en ella poner o no poner . . . . vos te cubris.

Respecto a que el tio la excluya, hay que ver como son las muertes, ya que quizá ella concurra con su tío ( si su mama no prefallecio a sus hermanas). Hay que ver el arbol, las ramas, las hojas!

La tia que cede, que lo haga onerosamente y se cubre ante el reclamo de los herederos de la tía. Y listo.
Cada problema tiene una solución, el problema es encontrarla.

 #200121  por Pato272727
 
no creo que haya preterición.

En el caso se muere una señora que no tiene hijos pero tiene al menos tres hermanos. uno de estos hermanos tuvo hijo que es tu cliente y otro tiene dos hijos que es la que quiere cederle a tu cliente.

Hasta donde yo se sin dudar las tres ramas heredan por igual. el tema es si el padre de tu cliente se murió despues que la causante tu cliente es heredero del heredero y como tal recibe los derechos que el padre tenía en la sucesión de la tía.
Si el padre de tu cliente se murió antes funciona el derecho de representación que también se aplica en linea colateral.

Ahora que si ademas del tercio que le toca y del tercio que le dona la tía querés el otro tercio que no corresponde... con eso prefiero no ayudarte.
Digo: no hay que hacer al otro lo que a uno no le gustaría que le hagan.

 #200191  por Maurita
 
Que lio!!! Tu clienta puede abrir la sucesion, de ultima ese tio si se presentara mas adelante va a pedir ser declatado heredero y que le den su porcion. con relacion a la tia que esta viva y quiere dar su porcion herditaria, tambien tene cuidado porque mas adelante cuando muera sus hijos pueden alegar que se afecto su legitima. Fijate bien