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  • IMPUTADO CON PREVENTIVA ASESINADO EN EL PENAL

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 #200396  por AIDA
 
hOLA GENTE

En realidad penal no es mi fuerte, pero me consultó una persona acerca de lo sucedido a su hijo en el penal de Devoto
este chico tenia 21 años hace unos meses le dictaron la prisión preventiva acusado de secuestro extorsivo, pero hace un mes lo asesinaron en el penal, y según el padre fueron los guardacarceles, sin embargo la metodologia utilizada ( le clavaron un elemento punzante en la cabeza por la espalda) según los que saben de esto, no es de los guardias sino de los internos
Ahora bien el padre en realidad no tiene identificado al asesino por lo que le va a ser muy dificil probar la culpabilidad en sede penal
la pregunta es conviene que se presente en la causa como querellante? y paralelamente iniciar un juicio por daños por responsabilidad objetiva del Estado a fin de obtener un resarcimiento económico? o debe querellar primero?
desde ya gracias a quien me responda

AIDA
 #200433  por Moniluj
 
Hola! Siempre conviene que el damnificado (en este caso los padres del fallecido) se constituya en querellante dentro de la causa penal y en actor civil también, si lo estimás conveniente. Buscate ya el fallo "Santillán", te va a servir.
Ahora, sin ánimo de desalentarte, las causas contra el Estado pueden ser eternas, pero no imposibles, "las cárceles serán sanas y limpias, para seguridad ... de los reos", lo dice la CN. Dale para adelante. Mucha suerte!

Nota: si es en provincia de BA, no vas a encontrar "querellante" en el Código, sino "particular damnificado" es lo mismo.

 #200439  por Dr Pucho
 
Hola AIDA, como dato de cierto valor y cierta utilidad, le comento que en el Penal de Devoto existe un sector denominado Centro Universitario Devoto, el cual dispone de un Departamento de Asesoría y Orientación Legal.
En cuanto al caso en si, y viendolo muy por arriba, le comento que, tanto si el acto fue cometido por un Representante del Estado o por Otro/s Interno/s Preso/s, "es Responsabilidad del Estado salvaguardar la vida de todas las Personas, esten o no alojadas en el Penal", (o sea, "ese resguardo" incluye a los Presos, al Personal de Seguridad, al Personal Administrativo, al Personal Médico, etcétera, etcétera).

Dr. Pucho