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 #187836  por Marianrob
 
hola necesito ayuda quisiera datos para poder averiguar donde trabaja alguién ya que por anses o la afip no se puede hacer mas.Tengo nombre y apellido, dni, cuil es urgente si alguien sabe com puedo averiguar se lo agradeceria.-

 #187862  por sergiosky
 
exacto, antes podias averiguar en anses (historial laboral) pero ahora no porque tenes que tener una clave que es personal. asi que si averiguas como podes saber por izquierda si alguien trabaja te agradeceria que me pases la info :lol:

 #188731  por lunita_44
 
chicos pidan oficio ley 5177 a anses y deben contestarte.-
les paso modelo:

OFICIO LEY 5177


, de junio de 2.008.

SRA. JEFA ANSES DELEGACIÓN
SRA.
S / D

Dr. , con domicilio procesal en calle , en mi carácter de letrado patrocinante de la parte actora, en autos: “ de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial nº 1 del Departamento Judicial de , a cargo del Dr. sito en calle , (C.P. ), tengo el agrado de dirigirme a Ud. a efectos de solicitarle tenga a bien informar la situación laboral del Sr. --------i, D.N.I. nº ----------, junto con el nombre o la razón social, cuit y domicilio de su actual empleador. Asimismo solicito adjunte historia previsional actualizada a la fecha.-------------------------------------------------------------------------------
El art. 58 de la ley 5177 establece “…Sin perjuicio de los derechos que se otorguen en otras disposiciones de esta ley, es facultad de los abogados en ejercicio de su función, recabar directamente de las oficinas publicas y bancos oficiales o particulares, informes y antecedentes y solicitar certificados sobre hechos concretos atinentes a las causas en que intervengan. Estos pedidos deberán ser evacuados por las oficinas y entidades aludidas dentro del término de quince días. En las solicitudes el abogado hará constar su nombre, domicilio, carátula del juicio, juzgado y secretaría de actuación. Las contestaciones serán entregadas personalmente al abogado o bien remitidas a su domicilio, cuando éste lo solicite; no haciendo manifestación alguna, serán remitidas al juzgado de la causa…”.---------------------------------------------
Solicito que la respuesta sea entregada de manera personal a quien suscribe y/o a la Dra. ------------, a quien por este medio autorizo--------
Saluda a Ud. muy atte.--------------------------------------------------------

 #188732  por lunita_44
 
chicos pidan oficio ley 5177 a anses y deben contestarte.-
les paso modelo:

OFICIO LEY 5177


, de junio de 2.008.

SRA. JEFA ANSES DELEGACIÓN
SRA.
S / D

Dr. , con domicilio procesal en calle , en mi carácter de letrado patrocinante de la parte actora, en autos: “ de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial nº 1 del Departamento Judicial de , a cargo del Dr. sito en calle , (C.P. ), tengo el agrado de dirigirme a Ud. a efectos de solicitarle tenga a bien informar la situación laboral del Sr. --------i, D.N.I. nº ----------, junto con el nombre o la razón social, cuit y domicilio de su actual empleador. Asimismo solicito adjunte historia previsional actualizada a la fecha.-------------------------------------------------------------------------------
El art. 58 de la ley 5177 establece “…Sin perjuicio de los derechos que se otorguen en otras disposiciones de esta ley, es facultad de los abogados en ejercicio de su función, recabar directamente de las oficinas publicas y bancos oficiales o particulares, informes y antecedentes y solicitar certificados sobre hechos concretos atinentes a las causas en que intervengan. Estos pedidos deberán ser evacuados por las oficinas y entidades aludidas dentro del término de quince días. En las solicitudes el abogado hará constar su nombre, domicilio, carátula del juicio, juzgado y secretaría de actuación. Las contestaciones serán entregadas personalmente al abogado o bien remitidas a su domicilio, cuando éste lo solicite; no haciendo manifestación alguna, serán remitidas al juzgado de la causa…”.---------------------------------------------
Solicito que la respuesta sea entregada de manera personal a quien suscribe y/o a la Dra. ------------, a quien por este medio autorizo--------
Saluda a Ud. muy atte.--------------------------------------------------------

 #188733  por lunita_44
 
chicos pidan oficio ley 5177 a anses y deben contestarte.-
les paso modelo:

OFICIO LEY 5177


, de junio de 2.008.

SRA. JEFA ANSES DELEGACIÓN
SRA.
S / D

Dr. , con domicilio procesal en calle , en mi carácter de letrado patrocinante de la parte actora, en autos: “ de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial nº 1 del Departamento Judicial de , a cargo del Dr. sito en calle , (C.P. ), tengo el agrado de dirigirme a Ud. a efectos de solicitarle tenga a bien informar la situación laboral del Sr. --------i, D.N.I. nº ----------, junto con el nombre o la razón social, cuit y domicilio de su actual empleador. Asimismo solicito adjunte historia previsional actualizada a la fecha.-------------------------------------------------------------------------------
El art. 58 de la ley 5177 establece “…Sin perjuicio de los derechos que se otorguen en otras disposiciones de esta ley, es facultad de los abogados en ejercicio de su función, recabar directamente de las oficinas publicas y bancos oficiales o particulares, informes y antecedentes y solicitar certificados sobre hechos concretos atinentes a las causas en que intervengan. Estos pedidos deberán ser evacuados por las oficinas y entidades aludidas dentro del término de quince días. En las solicitudes el abogado hará constar su nombre, domicilio, carátula del juicio, juzgado y secretaría de actuación. Las contestaciones serán entregadas personalmente al abogado o bien remitidas a su domicilio, cuando éste lo solicite; no haciendo manifestación alguna, serán remitidas al juzgado de la causa…”.---------------------------------------------
Solicito que la respuesta sea entregada de manera personal a quien suscribe y/o a la Dra. ------------, a quien por este medio autorizo--------
Saluda a Ud. muy atte.--------------------------------------------------------

 #188800  por turiddu
 
Tranquilamente lo podés hacer a AFIP mediante oficio librado en los términos de la Ley 23.187. De hecho, consultas con la que mencionás se evacúan a diario al no estar amparadas por Secreto Fiscal.-

Cualquier duda, por este medio o mp a tus enteras órdenes.-

Fuertes abrazos.-

 #188980  por lunita_44
 
el nº de la ley es 5177 si es en pcia. de pcia. sino es la Ley 23.187 como dijo turiddu. de cualquier manera, el oficio debe ser el mismo... y si lo pueden presentar en cualquiera de los dos.
suerte!
 #189482  por LEGULEYO
 
lunita_44 escribió:el nº de la ley es 5177 si es en pcia. de pcia. sino es la Ley 23.187 como dijo turiddu. de cualquier manera, el oficio debe ser el mismo... y si lo pueden presentar en cualquiera de los dos.
suerte!
Pero ¿funciona en las provincias para los organismos de la jurisdiccion federal, invocar el art 8 de la ley 23187 para recabar informes? no creo porque rige la ley 22.192 (que esta derogada solo en capital) y lamentablemente no tiene una norma parecida... o me equivoco?

 #189589  por lunita_44
 
si LEGULEYO yo vivo en pcia. y presente oficio 5177 a anses y me lo contestaron.

 #200188  por Iris
 
Una pregunta, estos oficios se piden al juzgado en los términos de las leyes citadas, y luego se confeccionan se firman y se llevan para que el juzgado le ponga el sello, tal como se hace con los oficios por ART. 400 del CPCCN??
Saludos
Iris

 #200242  por LATUCU
 
y no se puede tb por oficio al surl?

 #200508  por lunita_44
 
no iris... el oficio ley 5177 no necesita pasar por el juzgado ni sello... lo haces vos, tal cual el modelo q ya subi, lo firmas vos y desp lo presentas al expte. si te interesa q conste. (aclaro de nuevo hablo de pcia. de bs. as. y ese tipo de oficios ya lo presente a anses y no tuve problemas)
suerte!

 #200567  por Iris
 
Gracias Lunita, en mi caso son para un juicio laboral y otro civil que tramiten en capital federal, calculo que será igual... aunque tengo dudas porque el art.8 de la ley 23187 dice que:
Se exceptúan de esta disposición aquellas informaciones de carácter estrictamente privado y aquellos registros y archivos cuyas constancias se declaren reservadas por disposición legal. En estos casos el abogado deberá requerir el informe por intermedio del juez de la causa.

Con esto nuevo del anses de que ahora se necesita clave para acceder a los datos, tal vez consideren esta información reservada...

Saludos y gracias de nuevo
Iris
Última edición por Iris el Jue, 17 Jul 2008, 13:38, editado 1 vez en total.

 #200571  por Iris
 
Duda 2: este tipo de oficios funcionan igual al registro de la propiedad inmueble? Digo, si es un juicio civil sería lo mismo que pedir un dominio porque el registro te cobra igual al diligenciar el oficio, pero en un laboral tendría que contestar el registro el oficio gratis verdad?

Duda 3: hay que poner el en oficio la delegación del anses en el cual lo vamos a dejar? Esta será la que mas nos convenga a nosotros no??

Saludos
Iris

 #200803  por lunita_44
 
iris.... te cuento q soy de pcia. y aun con la modif. de anses pude por oficio 5177 q me respondieran...
lo del registro de prop. no te uedo ayudar porq no lo hice..
y tu duda de poner la delegacion yo acostumbro a ponerla....
suerte!!