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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #199944  por Luciano Bruno
 
Estimados Colegas:
Soy asiduo lector del foro y miembro del mismo, por lo que me tomo el atrevimiento de consultarlos para tener opiniones al respecto.
Me llega un tema como parte demandada, de un consorcio, con el intercambio telegrafico y SECLO cerrados, a la espera del traslado de demanda.
El tema primordial: el colega que me entecede contesta los telegramas al domicilio y a nombre del abogado del trabajador SIN QUE ESTE HAYA CONSTITUIDO DOMICILIO ALLI Y PEOR AUN, NI SIQUIERA FUERON ENVIADOS A NOMBRE DEL TRABAJADOR.
Ante el silencio del empleador, el portero se da por despedido y la indemnizacion es muy importante (23 años de antiguedad).
En este estado de cosas, me pasan el tema y asi estoy.
Desde ya que entiendo que la situacion es bravisima, pero quiero defenderme lo mas dignamente posible.
Agradezco todas las opiniones que puedan acercarme, para tratar de defender al menos en algo el fallido intercambio telegrafico y tratar de levantar mi pesima posicion frente al juicio.
Saludos Cordiales y desde ya gracias,
Luciano.-

 #199985  por GU
 
Mira... es la primera vez que escucho algo asi.

Para ver que hacer, creo que de todas formas es necesario tener conocimiento del contenido del intercambio telegrafico.

Sin perjuicio de ello, aclarame una cosa: ¿No existe absolutamente ninguna referencia al trabajador o el TCL que se responde? No dice el clasico... "en respuesta a su tcl n°..."?

Estoy buscando algun detalle que permita discutir sobre si pudo llegar a la orbita de conocimiento del trabajador, lo respondido en la CD enviada. Y despues, atenerse a lo alli dicho.

No conozco jurisprudencia sobre esto.

Saludos!

 #200209  por DAL
 
A ver como es?????


Trabajador, se llama digamos JUAN. Lo patrocina el Dr. Pedro.
El trabajador JUAN intima???? o intima el Dr. Pedro????? o bien intima JUAN y dice que en este asunto va a intervenir el Dr. Pedro??????

El consorcio le manda la respuesta a la primera carta al Dr. Pedro????????
Que dice la segunda carta del JUAN o de Dr. Pedro????

REalmente DUDO que se pueda considerar que hay silencio del empleador.
Este trabajador sigue con el mismo abogado?????

 #200523  por Luciano Bruno
 
Estimados colegas: Antes que nada, gracias por su pronta respuesta.
Les comento que los TCL enviados por el trabajador su logicamente a su nombre y consignando su domicilio real (unidad funional del consorcio).
Sin perjuicio de ello, el letrado que intervino en el intercambio telegrafico le contesto por CDs enviadas al domicilio de su abogado y a nombre de su abogado, cuando el trabajador solo se limito a hacer saber que su letrado era el dr. X con domicilio en XXXX.
En cuanto al contenido de las respuestas, las mismas niegan el reclamo de horas extra y correcta registracion que efectua el trabajador de manera aceptable, el problema radica en que el trabajador "atento silencio" reitera la intimacion y nuevamente se le contesta a su abogado y a su domicilio.
Una vez que se da por despedido, sin causa alguna, se manda CD al portero y a su domicilio real, negando la falta de contestacion y alegando que sus misivas fueron contestadas al domicilio por el constituido.
El portero responde negando haber constituido y aun asi niega que se haya enviado a su nombre misiva alguna al domicilio del letrado (lo cual es cierto porque ambas fueron a nombre de su abogado).
Desde ya que intentare como defensa sostener que su letrado tenia que hacerle saber al trabajador las respuestas que recibio (aun erroneamente) con referencia a su reclamo, pero la realidad indica que el intercambio estuvo mal efectuado.
Ahora el Consorcio me da intervencion a mi, con la demanda sorteada.
Gracias nuevamente por su atencion y espero su valiosa respuesta.
Saludos Cordiales.

 #200553  por GU
 
Insisto con una pregunta que te hice antes: La CD que se envia a nombre y al domicilio del abogado, dice en algun momento "rechazo su TCL N° _ _ _" o alguna mencion similar? O rechaza la intimacion sin hacer mencion a que comunicacion se rechaza?

Saludos!

 #200562  por jorge_ar
 
Seria interesante ver como es el texto del telegrama, por lo pronto pareceria que está afectado el principio laboral de buena fe, pero eso no alcanza para defenderse

 #200613  por DAL
 
Coincido.
Y podés argumentar que justamente el consorcio dirigio la correspondencia al domiclio del abogado ya que teniendo las partes identico domicilio, el mismo consorcio, cualquier consorcista podría interceptar la correspondencia de la otra parte y la respuesta al portero podría no haber llegado a destino ( si por ejemplo un vecino o el administrador y no el portero) la recibia en ese momento (esto es posible de acuerdo a las normas del correo para CDs), mientras que la respuesta a SU abogado despejaba esta situación.
Yo creo que no tuvo razón el portero en darse por despedido por silencio, ya que una relación laboral de 23 años amerita el mayor de los cuidados al disolver la relación por incumplimiento de la contraria.
Si sumás a esto que el abogado es el mismo, lo tenes cerrado a tu favor!!!!!!! El empleado no esta obligado a designar abogado en el intercambio, pero si lo hace, podemos interpretar que esta autorizado a intervenir en el asunto, por ejemplo recepcionando la correspondencia. O no???
Son argumentos!!!

 #200626  por Luciano Bruno
 
Estimados colegas:
Paso a aclarar el tema de los telegramas.
Todas las contestaciones enviadas al abogado y a su domicilio, hacen alusion al TCL que estan contestando, a saber:
"...doy respuesta a su CD nº.de fecha...." dice el primero (aun cuando se trata de TCL y no de CD)
y el segundo (luego de TCL que reitera "ante malicioso silencio") comienza:"...doy respuesta a su TCL nº.de fecha...y luego niega no haber dado respuesta dando cuenta que se contesto mediante CD nº.....dirigida al estudio del Dr. X...."
Sigo en mi creencia que se mandaron de manera errada al domicilio del letrado y a su nombre, pero desde ya que al contestar demanda esgrimire argumentos similares a los que me refieren ustedes, los cuales desde ya agradezco puesto que aportan a mi parte.
Agradeciendo nuevamente su tiempo e interes...espero sus comentarios
Saludos a todos.

 #200719  por GU
 
Listo. Ese es un punto importante de tu defensa. Existe una contestacion que identifica la comunicación que se contesta (aún con el error de CD en lugar de TCL).

Otra pregunta: Decis que no constituyo domicilio en el estudio del boga. Que referencia se hace para que el consorcio haya respondido a un Dr. X
y a un domicilio especifico?

Salutes!

 #200737  por Luciano Bruno
 
Estimado/a: Surge el nombre y domicilio del letrado en el primer TCL cuando dice, conforme se acostumbra, "A todo efecto, informo que mi letrado patrocinante es.....con domicilio en..."
Gracias por tu dedicacion.
Saludos.

 #201060  por GU
 
Si bien no hace una mencion concreta a que consitutuye domicilio en tal lugar, esta haciendo una referencia sobre el letrado que lo patrocina y su domicilio.

¿Cual es el sentido de esta mencion en el intercambio telegrafico sino es para generar una comunicacion directa con quien lo asesora?

Este juicio no esta perdido ni mucho menos. Yo lo pelearia con uñas y dientes a morir.

Sin perjuicio de que no fue muy diligente el abogado que contesto el intercambio telegrafico, tampoco lo fue el que asesora al trabajador. Como bien dice DAL, la extincion de una "relacion laboral de 23 años amerita el mayor de los cuidados al disolverse".

Ademas... hay una sola intimacion y un posterior despido por silencio? El trabajador no volvio a intimar? Yo insistiria sobre estos puntos.

Saludos!

 #201070  por Luciano Bruno
 
GU:
Gracias por tu pronta respuesta.
Te comento como se dio:
- 1er TCL del trabajador
- contestacion a nombre del abogado y a su domicilio
- 2do TCL reiterando intimacion "atento silencio"
- contestacion a nombre del abogado y a su domicilio, negando silencio, rechazando pretension y dando cuenta de la contestacion anterior
- 3er TCL dandose por despedido
- contestacion al portero y a su domicilio negando silencio y rechazando.

Asi fueron las cosas. Desde ya que a la hora de litigar me voy a valer de todo lo que tenga, por eso agradezco sus aportes.
Espero tener exito, los ire poniendo al tanto y desde ya estoy abierto a sus nuevas ideas.
Saludos Cordiales.

 #201079  por DAL
 
LUciano:

El portero sigue con el mismo letrado??????

 #201084  por Luciano Bruno
 
Hola DAL, gracias por escribir.
Efectivamente, el portero sigue con el mismo letrado.
La demanda es por un numero inverosimil, ya que te imaginaras que al darse por despedido, teniendo en cuenta antiguedad y alegando incorrecta registracion, la suma es increible...
Eso complica las negociaciones, porque despues es bravisimo bajar a una suma coherente las pretensiones del actor.
Igualmente, todavia lo estoy negociando, esperando el traslado de demanda, pero ya me voy preparando para fundamentar la contestacion..
Saludos,
Luciano.

 #201091  por DAL
 
Mirá la fecha del poder en la demanda. NO sea cosa que como muchos abogados se haya hecho firmar el poder ANTES QUE NADA y tenga poder de fecha concomitante a las cartas.
Realmente LA MALA FE de este trabajador (en realidad de este letrado) es manifiesta ya que es la misma persona la que lo patrocina ahora.
NO SIENTAS DE NINGUN MODO QUE TENES EL JUICIO PERDIDO.

Seguí consultando pero peleala, que tan mal no estuvo. La buena fe es muy importante!