Estimados foristas: a raíz de la modificación introducida por la ley 13812 al artículo 441 del CPPBA., debe interpretarse que existe un único plazo de 20 días a fin de interponer recurso de apelación contra la sentencia definitiva dictada en un juicio abreviado? dicho plazo reemplaza al de 5 días que existía para manifestar la intención de interponer el recurso? se presenta directamente dentro de ese plazo el recurso ante el juez que dictó la sentencia?
Desde ya muchas gracias.-
Desde ya muchas gracias.-