Por que competencia federal? podes aplicar los distintos codigos de procedimiento.
Asi, el codigo procesal laboral de santa fe te dice: ARTICULO 5. En las causas incoadas en materia laboral será competente, a elección del demandante: el juez del lugar del trabajo, el del domicilio del demandado o el del lugar donde se hubiere celebrado el contrato.
Asi, la Ley de Procedimiento Laboral de Bs. As. te dice en el art 3 en forma identica: ARTICULO 3- Cuando la demanda sea iniciada por el trabajador por entablarse indistintamente:
a) Ante el Tribunal del lugar del domicilio del demandado.
b) Ante el Tribunal del lugar de prestación del trabajo.
c) Ante el Tribunal del lugar de celebración del contrato de trabajo.
Si la demanda es deducida por el empleador deber entablarse ante el Tribunal del lugar del domicilio del trabajador.
El Código Procesal de Cordoba manifiesta: Artículo 9.- Para determinar la competencia del tribunal,regirán las siguientes reglas: 1) Cuando el trabajador fuere actor y a opción de éste: a) El del lugar de ejecución del trabajo; b) El del lugar de celebración del contrato. c) El del domicilio del trabajador; d) El domicilio del demandado. 2) Cuando el empleador intervenga como actor: a) El del domicilio del trabajador contra el cual se acciona; b) El del lugar donde fuese impuesta la multa o sanciónadministrativa. 3) Cuando se reclame la percepción de multas, sanciones, aportes ocontribuciones, el del domicilio del establecimiento.
Como verás, es el actor el que tiene la elección de dónde impulsar la demanda, según las diversas circunstancias y lo que a él le convenga. No se donde estas vos, por eso te trascribo los tres codigos, usalos a tu conveniencia. Suerte.