HOLA, ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR, NECESITO SABER COM ES EL TEMA DE LOS DEPOSITOS Y LOS GIROS CUANDO YA SE DICTO SENTENCIA (PLAZOS Y DEMAS). SI NO DEPOSITAN SE INICIA EMBARGO Y EJECUCION, NO?
Primero debe estar firme la sentencia, luego vas a ejecutar la sentencia de acuerdo al tipo de condena, depende de la jurisdicción donde acciones.-
Por supuesto si hay deposito dado en pago para cubrir la condena, no debes ejecutar la sentencia y pedis el giro por las sumas respectivas.-
Un cordial saludo a la Colega!