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 #202597  por natachac
 
Hola, alguien tendra un modelo, es para everiguar la titularidad de un automotor, es en Pcia, gracias

 #202601  por abogado_1987
 
Hola natachac, modificálo de acuerdo a tu expte ...

OFICIO
Buenos Aires, de diciembre de 2002.


AL SR. ENCARGADO TITULAR DEL REGISTRO SECCIONAL DEL AUTOMOTOR N°... DE CAPITAL FEDERAL:


S / D:

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de letrado patrocinante de la parte actora, en los autos caratulados "R c/”P S.A.” s/DAÑOS Y PERJUICIOS” (Expte.N°0000/2000) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 000 sito en la calle Uruguay 714, Piso..., a cargo del Dr....., Secretaría única a cargo del Dr............ a fin de que se informe acerca de la titularidad registral del vehículo marca Renault 0000 patente 000-000 al día 0 de febrero de 000.
La resolución que ordena su cumplimiento dice: “//nos Aires, a la audiencia del día 00 de noviembre de 0000... Líbrense los oficios solicitados. Firmado:... Juez”.
La orden deberá ser cumplida dentro del plazo de veinte (20) días, en los términos del art.398 del Código Procesal que a continuación se transcribe: “Las oficinas públicas no podrán establecer recaudos o requisitos para los oficios sin previa aprobación por el Poder Ejecutivo, ni otros aranceles que los que determinen las leyes, decretos u ordenanzas. Deberán contestar el pedido de informes o remitir el expediente dentro de veinte días hábiles...”. Asimismo, dispone el art.399: “Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere ser cumplido dentro del plazo, se deberá informar al juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y la fecha en que se cumplirá. Cuando el juez advirtiere que determinada repartición pública; sin causa justificada, no cumple reiteradamente el deber de contestar oportúnamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Justicia, a los efectos que corresponda, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar...”.
El art.400 del Código Procesal dispone: “Los pedidos de informes... serán requeridos por medio de oficios firmados por el letrado patrocinante con transcripción de la resolución que los ordena y que fija el plazo en que deberán remitirse. Deberá, asimismo, consignarse la prevención que corresponda según el artículo anterior... Deberá otorgarse recibo del pedido de informes y remitirse las contestaciones directamente a la secretaría con transcripción o copia del oficio”.
Sin otro particular, lo saludo atte.

[firma abogado patrocinante o apoderado del actor]


( oficio registro titularidad automotor )