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 #202877  por Mariae35
 
En un proceso Ordinario, Primero pido la apertura a prueba y una vez otorgada corre el plazo para presentar la prueba? o debo presentarla con el pedido de apertura a prueba?

Soy nueva, en esto y en la profesion tambien !!

saludos cordiales a quien lea esto

 #202906  por diegogvillamayor
 
pedis la apertura a prueba y luego del despacho que dice que se abre a prueba y que este este notificado ahi comienza a correr el plazo para producir la prueba.
Si tenes testigos o absolucion y no te dieron la fecha con el auto de apertura presenta un escrito solicitandola. Aunque algunos si hay informes pide que acredites que diligenciaste todo y despues te dan la fecha de audiencia.
Y hay otros que sacan todo junto.
saludos

 #202917  por Taneyev
 
Ten en cuenta qie el plazo de producción de prueba es común, y
comienza a contarse a partir del momento en que todas las partes
han quedado notificadas. De hecho, el plazo nunca es el que fija
el auto de apertura a prueba, porque habitualmente te fijan fecha
de audiencia para varios meses de la providencia :( Pero trata de
producir todas las pruebas que no sean de audiencia,antes de ella.
Si hay pericial, notificalos de inmediato del nombramiento, porque
esa es la prueba que suele conllevar mayores dificultades y tiempo.

 #203028  por martins
 
En Capital o Provincia???