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 #203207  por Paulita13
 
hola a todos! quería saber si se puede firmar un contrato de alquiler de una vivienda por un año. Se que el mínimo por ley para viviendas es por dos años pero quizás hay alguna modificación al respecto. Gracias

 #203210  por Emilianolaplata
 
el contrato puede firmarse por el plazo que quieras... pero esa clausula quedara de nula aplicacion, toda vez que la ley considera que si en el contrato se fija un plazo menor a 2 años (para locaciones no comerciales) automaticamente dicho plazo se considera extendido a esos dos años...
sqaludos
 #203259  por Paulita13
 
Entonces, firmo un contrato por un año? Qué consecuencias me traería? Yo soy el LOCATARIO.

 #203310  por marian mdp
 
HOLA PAULITA: ENTIENDO QUE AUNQUE INCORPORES ESA CLÁUSULA, LEGALMENTE NO TIENE VALOR Y SE INTERPRETA COMO QUE VOS TENES DERECHO POR DOS AÑOS (QUE ES EL PLAZO DE LAS LOCACIONES URBANAS). FIJATE LA RAZÓN DE POR QUE LA LOCADORA QUIERE HACER UN CONTRATO DE ESAS CARACTERÍSTICAS, DEBIDO A QUE ELLA DEBE CONOCER LA LEY DE LOCACIÓN. NO CREO QUE TE PUEDA TRER CONCECUENCIAS. AVERIGUA EL PORQUE DEL AÑO. ES PROBABLE QUE ELLA QUIERA EL AÑO QUE VIENE CELEBRAR UN NUEVO CONTRATO POR UN CANON SUPERIOR, PERO ESO PUEDE ESPECIFICARLO EN UNA CLÁUSULA EN ESE MISMO CONTRATO. FIJATE Y CONTANOS DESPUÉS LAS RAZONES DEL LOCADOR.
UN BESO

 #203314  por Dr. 8
 
Paulita13, le recomiendo la lectura de la Ley de Locaciones Urbanas (23.091).

ARTICULO 2º — Plazos. Para los contratos que se celebren a partir de la vigencia de la presente ley, el plazo mínimo de las locaciones con destino a vivienda, con o sin muebles, será de dos años. Dicho plazo mínimo será de tres años para los restantes destinos.


Los contratos que se celebren por términos menores serán considerados como formulados por los plazos mínimos precedentemente fijados.

Quedan excluidas del plazo mínimo legal para las contrataciones a que se refiere la presente ley:


a) Las contrataciones para sedes de embajadas, consulados y organismos internacionales, así como también las destinadas a personal diplomático y consular o pertenecientes a dichos organismos internacionales;


b) Las locaciones de viviendas con muebles que se arrienden con fines de turismo, en zonas aptas para ese destino. Cuando el plazo del alquiler supere los seis meses, se presumirá que el contrato no es con fines de turismo;


c) Las ocupaciones de espacios o lugares destinados a la guarda de animales, vehículos u otros objetos y los garajes y espacios que formen parte de un inmueble destinado a vivienda u otros fines y que hubieran sido locados, por separado, a los efectos de la guarda de animales, vehículos u otros objetos;


d) Las locaciones de puestos en mercados o ferias;


e) Las locaciones en que los Estados nacional o provincial, los municipios o entes autárquicos sean parte como inquilinos.
Última edición por Dr. 8 el Mié, 23 Jul 2008, 14:47, editado 1 vez en total.

 #203319  por GU
 
Para mi a vos no te puede perjudicar en nada Paulita.

Eventualmente, al final del año, si queres quedarte un año mas con el mismo contrato (incluyendo canon locativo) podrias hacer uso de esa opcion.

Saludos!
 #203753  por jacintoparodi
 
Paulita13 escribió:hola a todos! quería saber si se puede firmar un contrato de alquiler de una vivienda por un año. Se que el mínimo por ley para viviendas es por dos años pero quizás hay alguna modificación al respecto. Gracias
mmmmmmmmmm!!! Seguramente al firmar el contrato pondra fecha de un año atras, con lo que te quedara un año de locacion hacia adelante. Si el dia de mañana quiere ejecutar, pagara el sellado fuera de termino y listo.
Por el caso de que no formule el contrato con fecha antigua, no se entiende bien por que quiere confeccionarlo por 12 meses, pero como te dijeron los colegas foristas, a vos no te perjudica en nada, muy por el contrario dispones de 12 meses mas y al mismo precio (si es que el dia de mañana queres hacer uso de esa opcion).
Saludos cordiales!!!
PD: no funca la tecla del acento, disculpas

 #203916  por Tiziano
 
Estimada Paulita... teniendo en cuenta la ley traida por el estimado Dr8, podés sacar tu propia conclusión de que firmes lo que firmes, la vigencia del contrato de locación para vivienda será de 24 meses, y eso no te perjudicará en nada... ahora bien, si se da el caso que trae JacintoParodi, de que se quiere hacer la viva, eso lo solucionas proponiendole hacer el contrato ante Escribano Público o en caso de prov. haciendo legalizar las firmas en Juzgado de Paz, dónde constará el día de celebración pues es a la firma en presencia del empleado judicial... yo creo que la mayoría de las veces, los locadores, subestiman el conocimiento del locatario, y so pretexto del término legal Romano "Pacta Sum Servanda" (Los contratos están hechos para cumplirse) creen que pueden hacer valer cualquier verdura... Te aconsejo que firmes, porque lo importante es tener techo, cuando llegue el término del año irás evaluando cual es la intensión de la locadora, tené en cuenta una sola cosa, el derecho te asistirá a quedarte en la locación por un año más y por el mismo precio, pero no te quepa dudas que al finalizar estarás buscando un nuevo lugar porque no querrá ni extender ni hacer uno nuevo, en consecuencia fijate lo que te pide al año, tal vez no sea una locura y te convenga ponerte de acuerdo.
Suerte. Atte.