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 #202792  por dramarcela
 
Buenas tardes estimados colegas, les consulto lo siguiente: me llego un caso donde intimaron en el mes de Marzo 08 por negativa de tareas y empleo mal registrado al empleador (S.A.) al domicilio que consigna en los recibos de sueldos, no al domicilio real de trabajo, pasados 10 días ante incontestación se considero despedido. El tema es que el domicilio del recibo de sueldo en capital donde se envió tcl, el correo informa "se mudaron". Como lo puedo encarar si tomo el caso pq el empleador a su vez cuando le llegó el tcl notificando despido (ahí envió dos uno a c/domicilio, el del recibo y el real)le contestó rechazando y que lo habian apercibido por abandono, despidiendolo!!! El poder (pcia.)que le firmó al colega que llevaba el caso lo hizó en el mes de Marzo 08, tiene válidez cuantos meses para presentar el juicio??? pq yo le pedi primero que cierre con el colega antes hacer algo!!! disculpen lo extenso. Saludos

 #202812  por DAL
 
HOla Marcela:

el trabajador previo al despido, había recibido algo??? para despedir por abandono, primero hay que intimar. Te hace alguna referencia a esto el empleador en su carta (te refiere que hay una primera?).
Respecto de los domicilios es un tema que hay que ver en cada caso.
 #202823  por dramarcela
 
Gracias Dal por ayudarme, te cuento: el trabajador tiene domicilio denunciado en J. C. Paz, como le quedaba lejos el trabajo en San Martín, le alquilaba una pieza a la suegra del director de la S.A. y empleador (el trabajador dice que es el único dueño en realidad, habrá que demandar por la penetración de las sociedades al director tb aunque no esté en los tcl) en esa pieza residia algunos días, le había llegado un cd apercibiendo por abandono a esté domicilio no al de J.C.Paz, se la recibió la suegra del empleador, como ello habían intimado previamente a capital, rechazó está cd de abandono y se considero despedido por incontestación del primer tcl!!! Es importante me parece que el primer TCL fue al domicilio que consigna la sociedad en los recibos de sueldos!!! Averigue en correo y no se notifico por la leyenda se mudo!!! Gracias Dal, necesito ayuda para ver que me conviene hacer!!!

 #202966  por DAL
 
Los dos van a tener un problema:

el empleador porque notifico al real, y no legal del trabajador. El trabajador identico problema, por notificar en un domicilio distinto al de su prestación de servicios. Ambos actuaron apurados, ya que ante la duda en materia de domicilios yo hubiera notificado en ambos o ante el fracaso de la primera notificación hubiera probado en el segundo domicilio posible antes de cortar el contrato.
El tema va a pasar por la ausencia al trabajo, ver si el trabajador se cubrio bien.
 #203118  por dramarcela
 
Gracias Dal, el empleador dice haber notificado a J.C.Paz y que le vino rechazado el tcl, el tema es que donde lo notifico le recibia la madre de la concubina del socio. Por parte del trabajador cometieron el error de no reiterar el primer tcl en post a los arts. 12 y 63, lo que tengo duda si lo tomo el caso?, en su defecto pelear la parte en negro por la 25323 si se llegó a considerar despedido apresuradamente. Espero su opinión colega, desde ya gracias.

 #203340  por DAL
 
Tomarlo o no es una decisión muy personal; es más importante que expectativa se le da al cliente y cuales son los parametros. Ambos se equivocaron asi que es un caso IDEAL para arreglar.
Si hay posibilidades de arreglar yo lo tomaría sin dudas. Si no las hay y tengo que litigar a ganar para ver un peso . . . . . ahí lo pensaría.