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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #20388  por liabaires
 
Una consulta: en el caso de una jubilacion por 24476, de mujer aportante autonoma que registra pagos hasta 02/95, debo ingresarla por turno o por web? En la liquidacion realice ampliacion de periodos . Gracias! :oops:

 #20390  por andrearua
 
con turno. todo lo que sobrepase del 9/93 aunque esté en cero, no ingresa por web. Andrea

 #20394  por liabaires
 
Gracias!!! de repente se me nublo el pensamiento y dude..... :oops:

 #20466  por kec
 
no sabia eso, de hecho envie algunas jaap con pagos de autonomos posteriores al 09/1993 y estan acordadas, y no figura como impedimento en autopista de servicios, estan seguras???
saludos
kec

 #20473  por delma
 
kec escribió:no sabia eso, de hecho envie algunas jaap con pagos de autonomos posteriores al 09/1993 y estan acordadas, y no figura como impedimento en autopista de servicios, estan seguras???
saludos
kec
si a mi rechazaron dos por tener pagos nos prescriptos posteriores a 1993, una vez rechazadas, con el mismo plan las envie por turno y me las acordaron.-

 #20475  por kec
 
pero si no los tenias prescriptos era porque no estaban pagos, yo me refiero a los pagos que se hayan realizados posteriores a esa fecha
saludos

 #20593  por afscotto
 
si son posteriores al 93 deben estar pagos o renunciados por ley 25321 art 1. yo envie casos asi por web y salieron acordadas.

 #20594  por padrillo
 
Es verdad a mi me rechazaron una por tener pagos -en término y sin deuda- posteriores al 09/93.