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  • TENGO VARIOS MODELOS JURIDICOS SI ALGUIEN NEC...YA SABE

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 #200139  por Lionel Hutz
 
Hola estimados colegas. Soy un forista recién registrado. Agradecería me puedan facilitar un modelo de acuerdo de pago por frustración contractual. El tema es el siguiente: mi cliente iba a celebrar un contrato de locación. Ya estaba todo listo para que las partes lo firmaran, pero, a último momento, la empresa del inquilino cambió su destino de trabajo y se frustró la celebración del alquiler. Entre la empresa empleadora del inquilino, mi cliente (locador) y la inmobiliaria interviniente se acordó el pago de una indemnización. Espero que esos datos les sean útiles. Cualquier pregunta a disposición. Muchísimas gracias.

 #200504  por barney
 
DEMANDA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR IMPAGO DE CANTIDADES DEBIDAS EN CONCEPTO DE GASTOS COMUNES DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE INMUEBLES URBANOS

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE ..........
Don/Doña ..............., procurador/a de los Tribunales y de Don/Doña ............... , Presidente de la Comunidad de Propietarios ...../Administrador/a de Fincas Colegiado/a, número ..... del Colegio .........., y de la Comunidad de Propietarios ....., cuya representación acredito con copia de poder que presento como documento número 1, actuando bajo la dirección técnica del letrado Don/Doña ..............., ante el Juzgado comparezco y como más procedente sea en Derecho,
DIGO:
Por medio del presente formulo demanda de proceso monitorio contra Don/Doña ................ , propietario del piso/local comercial, en reclamación de la cantidad de ..... euros debida en concepto de gastos comunes a la Comunidad de Propietarios ..... , sobre la base de los siguientes,
-HECHOS-
PRIMERO: El demandado Don/Doña ..............., propietario del piso/local comercial, integrante de esta Comunidad de Propietarios, ha dejado de pagar las cuotas correspondientes a los meses .......... del año .....
SEGUNDO: La cuota de participación mensual que corresponde al referido demandado es la de ..... euros, por lo que su deuda asciende a la cantidad de ..... euros.
TERCERO: En junta de propietarios celebrada el ....., de .........., de ....., se aprobó la liquidación de la deuda existente, procediendo a la notificación de dicho acuerdo al demandado. A tal efecto, se autorizó al Presidente de la Comunidad/Administrador de Fincas Colegiado número .... del Colegio ..... para exigir judicialmente el pago de dicha deuda en caso de que la misma no fuera satisfecha.
CUARTO: Que, en fecha ..... de .......... de ..... se requirió de pago al demandado por carta certificada con acuse de recibo, sin que hasta el momento haya procedido a la satisfacción de la deuda, requerimiento que supuso gastos a la Comunidad en la cantidad de ..... euros.
QUINTO: Se fija la cuantía de la presente demanda, calculada de acuerdo con lo establecido por la regla 1ª del artículo 251 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 , en la cantidad de ..... euros.
- RELACIÓN DE DOCUMENTOS Y MEDIOS APORTADOS -
Documento número 1: Poder para pleitos.
Documento número 2: Certificación del acuerdo de la Junta aprobando la liquidación de la deuda emitida por el Secretario con el visto bueno del Presidente, así como notificación de dicho acuerdo al propietario deudor.
Documento número 3: Copia de carta certificada y acuse de recibo de requerimiento previo de pago, así como justificante de los gastos ocasionados por dicho requerimiento.
Documento número 4: Título constitutivo de propiedad.
- VALORACIONES SOBRE DOCUMENTOS Y MEDIOS ANTERIORES -
Documento número 1: Copia de escritura por la que la Comunidad actora, representada por su Presidente Don/Doña ..............., en virtud de acuerdo adoptado en Junta de fecha ..... de .......... de ....., otorga poder general para pleitos en favor del procurador Don/Doña ..............., para formular la presente demanda.
Documento número 2: La Junta que se integra en este certificado, convocada al efecto, aprueba la liquidación de la deuda que el demandado tiene con la Comunidad, acuerda notificarlo al comunero y autoriza al Presidente a entablar la presente demanda.
Documento número 3: Con este documento se acredita que se ha notificado al demandado la deuda que tiene contraída con la Comunidad a consecuencia del impago de cuotas y derrama.
Documento número 4: Se acredita con este documento que el demandante era titular del piso ..... y cuota que tiene atribuida dicho piso en las cargas de la comunidad.
- FUNDAMENTOS DE DERECHO -
JURÍDICO-PROCESALES
- I -
CAPACIDAD PROCESAL Y REPRESENTACIÓN: La Comunidad de Propietarios .......... tiene capacidad para ser parte, compareciendo en juicio, como representante legal de la misma su presidente, que ostenta legalmente en juicio y fuera de él la representación de la misma en todos los asuntos que la afecten.
La parte demandada es mayor de edad, en pleno disfrute de sus derechos civiles por lo que, conforme disponen los artículos 6.1.1º y 7.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463▼ , tiene capacidad, por sí, para ser parte en este proceso y para comparecer en juicio.
- II -
POSTULACIÓN Y DEFENSA: Si bien, de conformidad con lo previsto en los artículos 814.2, 23.2.1º y 31.2.1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463▼ , para la presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio no es preciso valerse de procurador y abogado, se deja constancia que el actor se encuentra representado por procurador habilitado para actuar en la demarcación de este Partido Judicial, representación que ha quedado acreditada con poder general para pleitos acompañado como documento nº 1 de la demanda, siendo redactada y firmada la misma por abogado ejerciente colegiado identificado en el encabezamiento de la presente, todo ello conforme disponen los artículos 23.1, 31.1 y 32.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463▼ .
- III -
LEGITIMACIÓN: Corresponde la legitimación activa a la Comunidad de Propietarios .........., representada por su presidente que ostenta legalmente la representación de la misma, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten, de conformidad con lo establecido en los artículos 13.3 y 21 de la Ley de Propiedad Horizontal EDL1960/55▼ , y 10 y 812.2.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463▼ , para la reclamación de las cantidades debidas en concepto de gastos comunes a la misma.
Ostenta la legitimación pasiva al demandado, propietario del piso/local ..........., ante el incumplimiento de la obligación de contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización, en los términos previstos en los artículos 9 e) y 21.1 de la Ley de Propiedad Horizontal EDL1960/55▼ , y 10 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 .
- IV -
JURISDICCIÓN: Conforme dispone el artículo 9.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial EDL1985/8754 , los Tribunales y Juzgados del orden civil conocerán, además de las materias que le son propias, de todas aquellas que no le estén atribuidas a otro orden jurisdiccional.
- V -
COMPETENCIA OBJETIVA: Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros Tribunales, según disponen los artículos 85.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial EDL1985/8754 y 45 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 .
- VI -
COMPETENCIA TERRITORIAL: Es competente el Juzgado de Primera Instancia al que nos dirigimos por corresponder al lugar donde se halla la finca, según dispone el artículo 813 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 .
- VII -
PROCEDIMIENTO: Es procedente la sustanciación por los trámites del proceso monitorio conforme a lo establecido en los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 y 21 de la Ley de Propiedad Horizontal EDL1960/55 en la redacción dada al mismo por la Disposición Final Primera de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 , al tratarse de una deuda dineraria, vencida, líquida y exigible, de cantidad determinada no superior a 30.000 euros, y encontrarse documentada la misma, en certificación del acuerdo de la Junta aprobando la liquidación de la deuda con la Comunidad de Propietarios, en los términos previstos en el artículo 812.2.2º del referido texto legal EDL2000/77463 .
JURÍDICO-MATERIALES
- VIII -
Conforme a lo previsto por las letras e) y f) del artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal EDL1960/55 , son obligaciones de cada propietario, entre otras, contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, tanto a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización, como a la dotación del fondo de reserva que existirá en la comunidad de propietarios para atender las obras de conservación y reparación de la finca.
- IX -
El apartado 1 del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal EDL1960/55 , en la redacción dada al mismo por la Disposición Final Primera de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 , establece, que las obligaciones a que se refieren los apartados e) y f) del artículo 9 EDL1960/55 , en este caso, contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización, deberán cumplirse por el propietario de la vivienda o local en el tiempo y forma determinados por la Junta. En caso contrario, el presidente o el administrador, si así lo acordase la Junta de Propietarios, podrá exigirlo judicialmente a través del proceso monitorio.
- X -
Las costas han de imponerse a la demandada en los términos previstos por los artículos 21.6 de la Ley de Propiedad Horizontal EDL1960/55 y 394 de Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 .
Por lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO: Tenga por presentado este escrito con los documentos acompañados y copias simples, lo admita, teniéndome por personado y parte en la representación acreditada de .............. y, por formulada la demanda de proceso monitorio contra ..............., dicte providencia requiriendo al deudor en el domicilio previamente designado ..... para que, en el plazo de veinte días pague la cantidad de ........... euros adeudada, acreditándolo así ante el Tribunal, o comparezca ante éste y alegue sucintamente, las razones por las que no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada, y de no hacerlo así, se dicte auto despachando ejecución conforme a lo dispuesto para la de sentencias judiciales por la cantidad adeudada, devengando el interés a que se refiere el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 .
Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Es justicia que pido en .......... a ..... de .......... de .....

PRIMER OTROSÍ DIGO: Que, necesitando para otros asuntos la copia de la escritura de mandato, intereso su desglose y devolución.
SUPLICO AL JUZGADO: Acuerde en consecuencia, conforme a lo solicitado.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Que esta parte manifiesta su voluntad expresa de cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos para la validez de los actos procesales y si por cualquier circunstancia esta representación hubiera incurrido en algún defecto, ofrece desde este momento su subsanación de forma inmediata y a requerimiento del mismo, todo ello a los efectos prevenidos en el artículo 231 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL2000/77463 .
Por lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO: Que tenga por hecha la anterior manifestación a los efectos legalmente oportunos.
TERCER OTROSÍ DIGO: Que, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal EDL1960/55 , en el supuesto de que el deudor se oponga, se acuerde embargo preventivo de bienes suficientes del mismo, para hacer frente a la cantidad reclamada, los intereses y las costas.
Por lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO: Acuerde en consecuencia, conforme a lo solicitado.
Es justicia que reitero en ........, a ...... de ............... de ........
Firma del abogado y nº de colegiado.-
Firma del procurador.-

 #200667  por SVUM
 
HOLA A TODOS!!! ESTARIA NECESITANDO UN MODELITO DE CONTESTACION DE ACCION DE NULIDAD DE ACTO JURIDICO. SI ALGUIEN PUEDE AYUDARME, LE ESTARE ETERNAMENTE AGRADECIDA.
CARIÑOS
SABRINA

 #203216  por barney
 
DEMANDA : “Petición de Herencia y Declaración de Herederos”

SEÑOR JUEZ

ADRIANO MANUEL ALFONSO BARBA TIRADO, identificado con DNI 17887088 con domicilio real el ubicado en la Avenida América Norte 2209 – Urbanización Primavera, apoderado de don VICTOR AGUSTIN LOZANO PANDO, identificado con DNI 06478406, y LEONCIO LOZANO PINO identificado con DNI 08720944, ambos domiciliados en la calle San Andrés N° 228 de la Urbanización San Andrés – Primera Etapa de la ciudad de Trujillo; y señalando como domicilio procesal para efectos del presente proceso el ubicado en el Jirón Francisco Pizarro 140, Oficina 201 de la ciudad de Trujillo a usted respetuosamente digo:

I PETITORIO.- Recurro a vuestro respetable Despacho con la finalidad de interponer la presente demanda sobre Petición de Herencia y Declaración de Herederos, con el propósito de que se nos incluya como herederos de la masa hereditaria de quien en vida fuera nuestro señor padre VICTOR MANUEL LOZANO CARRETERO, quien falleció el 26 de Marzo de 1,999 sin dejar Testamento, en virtud de los fundamentos que expondré a continuación.

II PERSONAS CONTRA QUIEN SE DIRIGE LA DEMANDA.- La presente demanda se dirige contra doña VICTORIA DAISY LOZANO PANDO y doña MARIA ARMIDA PANDO ENRIQUEZ, a quienes se les deberá notificar con la presente demanda en su domicilio ubicado en la calle Las Casuarinas N° 520, Tercer Piso de la Urbanización Víctor Larco de esta ciudad, conforme a lo que se ha declarado en la Sucesión Intestada tramitada Notarialmente y cuyo Testimonio acompañamos a la presente demanda.

III FUNDAMENTOS DE LA PETICION.-
2.1. Con fecha 26 de Marzo de 1,999 nuestro señor padre VICTOR MANUEL LOZANO CARRETERO falleció en el Hospital Víctor Lazarte Echegaray, sin haber manifestado su voluntad sucesoria previamente.

2.2. El causante, en su vida personal, procreó 3 hijos, incluidos los recurrentes, asi como doña VICTORIA DAISY LOZANO PANDO, hermana de los demandantes, quien actualmente radica en la ciudad de Lima. Hasta la fecha de su fallecimiento se encontraba casado con doña MARIA ARMIDA PANDO HENRIQUEZ

2.3. Es del caso que en el año 2,002 la hija de nuestra hermana indicada precedentemente Victoria Daisy, doña SAIDY BRIGIDA PIEDAD PAOLA ALCAIDE LOZANO, quien fungiendo de Apoderada tanto de su madre Victoria Daisy Lozano Pando, asi como de su abuela María Armida Pando Enriquez, inició los trámites para que sus representadas sean declaradas herederas universales de quien en vida fuera nuestro padre Victor Manuel Lozano Carretero.

2.4. Así, con fecha 16 de Noviembre del año 2,002, previos los trámites administrativos correspondientes por ante la Notaría Cieza Urrelo, fueron declaradas herederas universales de nuestro señor padre Víctor Manuel Lozano Carretero, doña VICTORIA DAISY LOZANO PANDO y doña MARIA ARMIDA PANDO ENRIQUEZ hija y esposa del causante, respectivamente, dejándonos a los demás herederos legales excluidos tanto de dicha Declaratoria asi como de la posesión de los bienes de nuestro señor Padre, y de los cuales somos legalmente también sus herederos.

2.5. En tal virtud, y en el ejercicio de nuestro derecho sucesorio correspondiente e imprescriptible, al amparo de lo que establece el artículo 664 del Código Civil, es que recurrimos a vuestro Despacho con la finalidad de demandar Petición de Herencia de los bienes de quien en vida fuera nuestro padre VICTOR MANUEL LOZANO CARRETERO, a fin de concurrir conjuntamente con los herederos ya declarados notarialmente en su propiedad y administración.

IV SUSTENTO LEGAL DE LA PRETENSION DEMANDADA.
- Art. 664 del Código Civil Que señala que el Derecho de Petición de Herencia corresponde al heredero que no posee los bienes que considere que le pertenecen, y se dirige contra quien los posea en todo o en parte a título sucesorio, para excluirlo o para concurrir con él.
- Art. 424 y 425 del Código Procesal Civil referidos a los requisitos de admisibilidad y procedencia de la demanda.
- Art. 475 del Código Procesal Civil referido a la Vía Procedimental en que se tramita la presente Pretensión, la misma que viene determinada por la norma sustantiva glosada referida al Derecho de Petición de Herencia, y que establece que se deberá tramitar en la Vía del Proceso de Conocimiento.

V MEDIOS PROBATORIOS.-
Documentos.-
- Partida de Nacimiento del recurrente VICTOR AGUSTIN LOZANO PANDO
- Partida de Nacimiento del recurrente LEONCIO LOZANO PINO
- Partida de Defunción de nuestro señor padre VICTOR MANUEL LOZANO CARRETERO.
- Poder por Escritura Pública otorgado por los demandantes a favor del doctor ADRIANO MANUEL ALFONSO BARBA TIRADO para que nos represente en la presente demanda.
- Testimonio Notarial de la Sucesión Intestada tramitada por doña SAIDY BRIGIDA PIEDAD PAOLA ALCAIDE LOZANO, en representación de su madre VICTORIA DAISY LOZANO PANDO, y de su abuela MARIA ARMIDA PANDO HENRIQUEZ , por ante la Notaria Cieza Urrelo y mediante la cual se declara como Herederas Universales del Causante Víctor Manuel Lozano Carretero a las dos últimas personas indicadas.
- Copia Literal del Registro de Sucesión Intestada de la Oficina de Registros Públicos, asi como de los bienes inmuebles que poseía el causante.

VI ANEXOS
1-A Tasa Judicial de Ofrecimiento de Pruebas
1-B Copia del DNI del demandante Víctor Agustín Lozano Pando
1-C Copia del DNI del demandante Leoncio Lozano Pino.
1-D Copia del DNI del apoderado de los demandantes, Adriano Manuel Alfonso Barba Tirado.
1-E Poder por Escritura Pública otorgado a favor del doctor Adriano Manuel Alfonso Barba Tirado para que represente a los demandantes en el presente proceso.
1-F Partida de Nacimiento del demandante Víctor Agustín Lozano Pando.
1-G Partida de Nacimiento del demandante Leoncio Lozano Pino.
1-H Partida de Defunción del causante Víctor Manuel Lozano Carretero
1-I Testimonio Notarial de la Sucesión Intestada tramitada ante la Notaría Cieza Urrelo, a favor de doña Victoria Daisy Lozano Pando y María Armida Pando Henriquez.
1-J Copia Literal de Dominio del Registro de Sucesiones Intestadas de la Oficina de Registros Públicos respecto del causante Víctor Manuel Lozano Carretero.
1-K Copia Literal de Dominio de la Partida donde se encuentra inscrito el único inmueble que fuera de propiedad del causante y el cual ha sido transmitido en virtud de la Sucesión Intestada Notarial a favor de las demandadas en este proceso Victoria Daisy Lozano Pando y María Armida Pando Henriquez.
1-L Cédulas de Notificación.

Por tanto:

A usted señor Juez solicito acceder a la pretensión demandada, dando el trámite que corresponde a la presente demanda y declarándola fundada en su oportunidad.


Trujillo, 20 de Octubre del 2,006.

 #204121  por mbe
 
pregunto a todos, alguien tiene un modelo de recurso de revocatoria x ley de procedimiento administrativo 19549??
necesito presentar uno contra anses, por una pension denegada
 #204218  por Lionel Hutz
 
Hola foristas. Necesito un modelo de notificación de rescisión anticipada de contrato de locación en los términos del art. 8 de la ley de alquileres.
Además, necesito modelo de notificación de voluntad de prorrogar el contrato de locación. No los encontré en la sección de modelos, por eso los solicito por esta vía. Muchas gracias.

 #204870  por barney
 
EN LO PRINCIPAL: Demanda laboral por Nulidad del despido.-
PRIMER OTROSÍ: Demanda laboral por despido injustificado.-
SEGUNDO OTROSÍ: Téngase Presente.-
TERCER OTROSÍ: Acompaña documentos.-
CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder.-

S. J. L. del Trabajo

VALERIA DEL ROSARIO ITURRA GARRIDO, domiciliada en Villa Padre Hurtado, pasaje 6, Nº 1076 de la ciudad y comuna de Curicó; a SS, respetuosamente digo:
Vengo en interponer demanda laboral por nulidad del despido en contra de la empresa SOCIEDAD TECNOMÓVIL CURICÓ LIMITADA, Rut: 76.047.550-5, sociedad el giro de su denominación, representada legalmente por doña MARISA JOSEFINA BADINELLA ALABART , Rut. Nº 10.438.741.7, comerciante, ambas con domicilio laboral en calle Manso de Velasco Nº 341, de la ciudad y comuna de Curicó, por las razones de hecho y Derecho que paso a exponer:
I.- LOS HECHOS:
1.-Desde el día 23 de Noviembre del año 2006 fui destinada en las funciones de ejecutiva de ventas, en el “Mall Center Curicó” de esta ciudad para la demandada, con la cual suscribí el contrato de trabajo de carácter indefinido que se acompaña junto con esta presentación. Sin perjuicio de lo señalado estuve bajo dependencia y subordinación para la demandada desde el 13 de Noviembre del año 2006. En esa fecha comencé a ser capacitada en las labores de ejecutiva de ventas de telefonía móvil. Luego fui asignada en mi lugar de trabajo en “Mall Center Curicó”, por lo que me vi sujeta a cumplir horario y recibir órdenes de mi empleador, en definitiva, desde una fecha anterior a la estipulada en el contrato de trabajo.-
2.- Con fecha 20 de Noviembre del año en curso se me comunicó, mediante carta de despido que se adjunta a la presente, que se me despedía de mi trabajo. Dicha carta señala como causal de despido, la del inciso 1º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es “Necesidades de la Empresa”.-
Estaba atendiendo público al momento de la entrega de la carta, en pleno pasillo del “Mall Center Curicó”. En ese mismo momento se me exigió la entrega de los utensilios de trabajo, tales como vestimenta y simcard telefónica la cual tuve que entregar en el mismo lugar, en el acto. Al mismo tiempo se me señaló en forma expresa que debía retirarme del recinto y que el finiquito se encontraría a mi disposición al contar del día 07 de Diciembre del corriente, sin señalar el lugar en que debía firmarlo.-
No se detallan en la carta de despido el monto de las indemnizaciones y de su simple lectura, se evidencia que ella no cumple ninguno de los requisitos que dispone el artículo 162 del Código del Trabajo, para poner término validamente a la relación laboral.-
Es mas, a la fecha en que fui separada de mis funciones no se han pagado mis cotizaciones provisionales, tal como lo señala el certificado pertinente emitido por la institución previsional A.F.P PROVIDA, que se acompaña en otrosí de la presente. Allí aparecen impagas mis cotizaciones de los meses de Noviembre y diciembre del 2006, así como Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo del año 2007.-
3.- En el desempeño de mis labores jamás me fui amonestada por un posible mal desempeño en mis funciones, por cuanto resulta contrario a la lógica el verme afectada por el despido, y más aún, que el denunciado invoque la causal de necesidades de la empresa. Todo ello en razón de que la demandada, sigue contratando nuevo personal con el objeto de reemplazar el cupo que deja mi despido, lo que no se compadece con una supuesta premura o necesidad que pudiera sufrir la demandada.-
4.- Durante la relación laboral mi empleador ha incurrido en una serie de irregularidades que en la práctica me han provocado un grave perjuicio patrimonial, afectando directamente mis remuneraciones. Se han descontando en forma arbitraria fuertes sumas de dinero, por conceptos no detallados en el contrato de trabajo y sin autorización de la suscrita, descuentos que en la practica jamás fueron aclarados perjudicándome directamente en mi patrimonio. Es así como en el mes de octubre de este año, expresé mi disconformidad con los descuentos efectuados por concepto “REA”, el cual no se detalla en mi contrato de trabajo y tampoco en los anexos al mismo. Por dicho concepto se me descontó la suma de $31.000.-, sin que a la fecha de mi despido la empresa haya aclarado tal concepto.-
También se me descontaron sucesivamente por tráfico de celular, fuertes sumas de dinero sin que la empresa diera explicación de los descuentos efectuados, los cuales debí asumir personalmente en su totalidad, sin perjuicio de que la demandada se obligara en forma expresa a subsidiar los costos de las llamadas efectuadas a su servicio como lo dispone el anexo de contrato Nº 1 de fecha 22 de Noviembre del 2006 en su punto 3.5, el que se acompaña en un otrosí de la presente.-
5.- En la práctica estuve bajo subordinación y dependencia para la demandada desde fecha 13 de Noviembre del 2006, hasta el 20 de Noviembre del 2007 y a pesar que trabaje mas de un año para la demandada, esta se niega a pagar mi legítima indemnización de un mes por año de servicio, como lo dispone el Código del Trabajo.-
6.- El contrato de trabajo se suscribió con fecha 23 de Noviembre del 2006. El empleador reconoce en la cláusula Novena del contrato que la suscrita realiza trabajos con fecha anterior, constituyendo una clara inconsistencia en las fechas de inicio de la relación laboral, omitiendo señalar que mi dependencia y subordinación es de fecha anterior, esto es desde el 13 de Noviembre de ese año, cuando se me capacitó para realizar funciones de ejecutiva de ventas.-

II.- EN CUANTO A LA NULIDAD DE LA CARTA DE DESPIDO:

En cuanto a la carta de despido que me fue entregada, puedo señalar que esta carece de toda validez por las razones que paso a exponer:
1.- La carta de despido no señala los hechos en que se funda la causal especifica que da origen al término de la relación laboral, requisito indispensable de todo aviso de despido exigido por la ley. En caso contrario deja en total indefensión a esta parte, al no saber cual es el motivo especifico por el cual está siendo despedida. Se ha señalado en reiteradas ocasiones por la jurisprudencia, que el aviso de despido al trabajador no solo debe especificar el fundamento de derecho, sino también debe contener los fundamentos de hecho en que esta causal se funda. En la especie ello no ocurre, y basta la simple lectura de la carta de despido que me fue presentada, para comprobarlo.-
2.- La carta de despido entregada además vulnera lo establecido en el artículo 162 inciso cuarto del Código del Trabajo, que reza: “cuando el empleador invoque la causal señalada en el inciso primero del articulo 161, el aviso deberá darse al trabajador, con copia a la inspección del Trabajo respectiva, a lo menos con 30 días de anticipación. Sin embargo no se requerirá esta anticipación cuando el empleador pagare al trabajador una indemnización en dinero en efectivo sustitutiva del aviso previo, equivalente a la última remuneración mensual devengada. La comunicación al trabajador deberá, además, indicar, precisamente el monto total a pagar de conformidad a lo dispuesto en el artículo siguiente”.-
Es el hecho SS, quede la simple lectura del aviso que me fue comunicado no se desprende ninguno de los supuestos legales señalados, por cuanto la carta de despido no fue enviada con la anticipación de 30 días, ni menos con copia a la Inspección del Trabajo. Esta me fue entregada directamente, indicándome en el mismo acto que debía dejar mis labores y retirarme de mi lugar de trabajo.-
Tampoco me fue pagada la indemnización en dinero en efectivo sustitutiva del aviso previo como lo señala la norma citada.-
Además dicha carta de despido NO contiene de manera alguna el monto total a pagar, como lo exige obligatoriamente el inciso cuarto del artículo 162, en relación a lo dispuesto en el artículo 163, ambos del Código del Trabajo, por cuanto dicha carta de despido carece de toda validez legal al infringir abiertamente las disposiciones citadas.-
3.- SS debe prestar especial atención al hecho de que la carta de despido contiene una firma total y absolutamente diferente a la contenida en el contrato de trabajo suscrito entre ambas partes, así como el anexo Nº 1, documentos que se adjuntan a la demanda. Ambas están supuestamente firmadas por don MARCO JARA GONZÁLEZ, gerente general de la demandada, lo que hace dudar aun mas de la validez de dicha carta de despido. La firma contenida en la carta de despido, a simple vista difiere de la estampada en el contrato de trabajo y anexo, es decir, A TODAS LUCES SON DISCONFORMES ENTRE SI Y CORRESPONDEN A PERSONAS DIFERENTES.-
Por lo anteriormente expuesto, dicha carta de despido, al no cumplir los requisitos establecidos en el Código del trabajo carece de toda validez, debiendo así declararlo el Tribunal.-

III.- EN CUANTO A LA NULIDAD DEL DESPIDO:

Dada mi calidad de trabajadora durante los periodos señalados en el punto anterior, siempre estuve acogida a los derechos previsionales que contempla nuestra legislación laboral, esto es el DL 3.500.-
Dicho precepto legal estable en su artículo 17 inciso 1° que “Los trabajadores afiliados al sistema, menores de 65 años de edad si son hombres y menores de 60 años de edad si son mujeres, estarán obligados a cotizar en su Cuenta de capitalización individual el 10% de sus remuneraciones y rentas imponibles”. Estas cotizaciones por expresa disposición del artículo 19 incisos primero y segundo, deben ser declaradas y pagadas por el respectivo empleador, deduciéndolas de las correspondientes remuneraciones que cada trabajador reciba.-
Tal como se acreditará en su oportunidad, mi empleador a la fecha en que se produjo mi despido, esto es el día 20 de Noviembre de este año, no dio cumplimiento a la obligación legal a que he hecho alusión, es decir no había pagado íntegramente las cotizaciones previsionales.-
Así, con lo expresado anteriormente el empleador no dio cumplimiento con lo prescrito en el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo, el cual establece que “Para proceder al despido de un trabajador por alguna de las causales a que se refieren los incisos precedentes o el artículo anterior, el empleador le deberá informar por escrito el estado de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes correspondientes que lo justifiquen. Si el empleador no hubiera efectuado el integro de dichas cotizaciones previsionales al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo”.-
Es el hecho SS, que al momento de mi despido no se encontraban pagadas las cotizaciones provisionales correspondientes a los meses de NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL 2006; ni de ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL ni MAYO del 2007, tal como se desprende del certificado de cotizaciones previsionales que acompaño junto con esta presentación, el que fue emitido con fecha posterior al despido por A.F.P. PROVIDA, no obstante dichas cotizaciones fueron descontadas en las respectivas liquidaciones.-
El artículo 162 en su inciso 6° establece que “...Con todo el empleador podrá convalidar el despido mediante el pago de las imposiciones morosas del trabajador lo que comunicará a éste mediante carta certificada acompañada de la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondientes en que conste la recepción de dicho pago”.-
Lo anterior, en la especie hasta la fecha no ha ocurrido puesto que no he recibido dicha comunicación. Por ende el contrato de trabajo se entiende subsistir hasta la fecha de la convalidación del despido.-
En su inciso 7° el referido artículo nos señala que “Sin perjuicio de lo anterior, el empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el periodo comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la referida comunicación al trabajador”.-
Así las cosas y haciendo aplicables las normas comentadas podemos afirmar que:
1.- Para que el empleador ponga termino al contrato de trabajo por las causales del artículo 159 Nº 4, 5, 6 o por alguna de las establecidas en el artículo 160 y 161 todas del Código del Trabajo; es requisito fundamental que el empleador haya pagado íntegramente las cotizaciones previsionales, lo que en la especie no ocurrió a la fecha del despido.-
2.- Que si a la fecha del despido tales cotizaciones no se encontraban pagadas íntegramente, el contrato de trabajo debe entenderse subsistir, hasta que el empleador no satisfaga dichas prestaciones, y esto sea comunicado en la forma establecida legalmente.-
3.- Que el empleador podrá convalidar el despido cumpliendo copulativamente con las formalidades que el legislador ha establecido, esto es:
• Pagando las imposiciones morosas del trabajador.-
• Comunicando el referido pago mediante carta certificada dirigida al trabajador.-
4.- Que el empleador convalide el despido, en tal caso deberá pagar al trabajador las remuneraciones íntegras desde la fecha del despido y hasta el momento en que se envíe la comunicación por carta certificada.-
5.- De los certificados de A.F.P que se acompañan a esta presentación, se demuestra que a la fecha de mi despido, el empleador no había cumplido las obligaciones que la ley laboral le impone, es decir no se encontraban íntegramente pagadas las cotizaciones previsionales, y a la fecha de la interposición de la presente demanda no he recibido carta alguna de mi empleador, a través de la cual éste convalide el despido.-
Debo agregar, también que el legislador, tratando sobre los efectos de la nulidad del despido, ha señalado que esta procede cualquiera sea la causa que se invoque por el empleador para poner termino a la relación laboral, con la sola excepción de las señaladas en el artículo 159 Nº 1 (mutuo acuerdo), 159 Nº 2 (renuncia del trabajador) y la del 159 Nº 3 (muerte del trabajador); sin que en la realidad, se haya configurado ninguna de estas situaciones.-
El artículo 480 en su inciso 3° del Código del Trabajo establece que el plazo par reclamar de la nulidad del despido consagrada en el artículo 162 del mismo cuerpo legal, prescribirá en el plazo de seis meses contados desde la suspensión de los servicios, término que en la especie aún corre, por lo tanto la interposición de esta acción se efectúa dentro del tiempo que el legislador establece.-
6. Todas las consideraciones expuestas en esta presentación, motivan la interposición de esta demanda de nulidad del despido, la cual importa el pago integro de mi remuneración desde la fecha del despido y hasta la fecha en que este se convalide, además del pago de las correspondientes cotizaciones provisionales.-
Por último se debe hacer presente a US que la Dirección del Trabajo en dictamen Nº 5372/314 de fecha 25 de Octubre del año 1999 ha señalado: De la norma legal transcrita (artículo 162 inciso 7° del Código del Trabajo) se infiere que por expreso mandato del legislador, el empleador se encuentra obligado a pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones contempladas en el contrato de trabajo, por el lapso comprendido entre la fecha de terminación del contrato de trabajo y la fecha de envío o entrega de la comunicación de pago de las cotizaciones previsionales. Lo anterior significa que el trabajador durante el periodo aludido, debe continuar percibiendo las mismas remuneraciones y demás prestaciones a que habría tenido derecho de no haberse suspendido la relación laboral.-
POR TANTO;
En mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas, artículos 58, 63, 162, 163, 169, 459, 480 y siguientes del Código del Trabajo; Decreto Ley 3.500 y demás normas aplicables;
RUEGO a SS, Se sirva tener por interpuesta demanda en juicio ordinario laboral por nulidad del despido, en contra de la empresa TECNOMOVIL CURICO LTDA., representada legalmente por Marisa Josefina Badinella Alabart, ambas ya individualizadas en autos, acogerla a tramitación en todas sus partes y en definitiva declarar:
1º La nulidad del despido de que fui objeto.-
2º Que a la fecha del despido las cotizaciones previsionales no se encontraban íntegramente pagadas, pues se me adeudan las correspondientes a los meses de NOVIEMBRE y DICIEMBRE del 2006 así como las de ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL y MAYO del 2007, además de las que se generen hasta la fecha que se convalide el despido en la forma legal establecida, según contrato de trabajo que actualmente se encuentra vigente por ser nulo el despido de que fui objeto.-
3º Que para los efectos de los cálculos que establece el artículo 162 del Código del Trabajo, ha de entenderse que mi remuneración adeudada es la siguiente:
i) $196.979 como indemnización sustitutiva del aviso previo.-
ii) La indemnización por años de servicio de conformidad a lo dispuesto en el artículo 163 del Código del Trabajo, ascendente a la suma de $196.979. mas intereses y reajustes de conformidad a lo establecido en el artículo 63 y 173 del Código del trabajo.-
iii) Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, durante el periodo comprendido entre la fecha del despido y hasta la fecha que el demando convalide el despido, en la forma legal establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo.-
iv) El monto de $137.885 correspondiente al feriado proporcional, establecido en el artículo 66 y siguientes del mismo cuerpo legal.-
v) La suma de $41.000, correspondiente a los descuentos no autorizados en el contrato o por la ley.-
vi) La suma de $72.000, por concepto de aporte no enterado parte del demandado por tráfico de celular según lo dispuesto en la cláusula 3.5 final del anexo Nº 1 de fecha 22 de Noviembre del 2006.-
4º Que se ordene el pago integro de las cotizaciones previsionales en conformidad a la ley.-
5º Que todas las sumas adeudadas se deberán pagar conforme señala el artículo 63 y 169 y 168 letra a, esto es con un aumento del 30% según lo dispuesto en los artículos referidos del Código del Trabajo y en la forma que dicha norma establece.-
6º.- Que la demandada sea condenada al pago de las costas de la causa.-

PRIMER OTROSÍ: En subsidio de la acción principal y para el evento de que US no declare la nulidad del despido de que fui objeto o para el caso que la demandada convalide el despido en conformidad a la ley; vengo en interponer demanda ordinaria laboral de despido injustificado en contra de SOCIEDAD TECNOMOVIL LIMITADA, RUT 76.047.550-5, sociedad del giro de su denominación, representada por MARISA JOSEFINA BADINELLA ALABART, Rut. Nº 10.438.741.7, comerciante, ambas con domicilio laboral en calle Manso de Velasco Nº 341, de la ciudad y comuna de Curicó, por las consideraciones de hecho y Derecho que paso a exponer:
I.- EN CUANTO A LOS HECHOS: En el evento improbable que SS. no diere lugar a la nulidad del despido, o convalidara el despido, vengo en solicitar que se declare injustificado, por los fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer:
1.- Desde el día 13 de Noviembre del año 2006 me desempeñé en las funciones de ejecutiva de ventas en “Mall Center Curicó” para la demandada, con la cual suscribí el contrato de trabajo que se acompaña en esta presentación, el cual fue renovado pasando a tener el carácter de indefinido.-
2.- Es el hecho que el día 20 de Noviembre del 2007, estaba realizando mis labores habituales en el stand de la empresa, ubicado en el pasillo central del “Mall Center Curicó”, cuando se me comunicó por mi jefe directo don Sergio Enríquez Mella, que estaba despedida. Este me entregó carta de despido que se adjunta a la presente, la cual contiene como causal legal de despido la señalada en el inciso 1º del artículo 161 del Código del Trabajo esto es necesidades de la empresa. Dicha carta no hace ninguna de las menciones obligatorias contenidas en el artículo 162 del Código del Trabajo.-
3.- En la práctica la empresa al menos ha realizado 2 contrataciones desde la fecha de mi despido, una de las cuales fue destinada a reemplazar mis funciones.-
4. En nuestro sistema jurídico el contrato de trabajo puede terminar solamente por las causales previstas en la ley. Esto quiere decir que el empleador deberá justificar la terminación del contrato en alguna de las causales que señale el Código del Trabajo y que siempre deberá existir alguna causa para que concluya el contrato. En los hechos el empleador no ha justificado la causal de necesidades de la empresa, invocada en la carta de despido.-
5. Si bien la ley ha establecido como causal de despido, la señalada en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, la ley no define que debe entenderse por necesidades de la empresa. Ha establecido por vía ejemplar algunos casos en los cuales el empleador puede despedir a sus trabajadores invocando esta causal: la racionalización o modernización de la compañía, las bajas en la productividad de la empresa y los cambios en las condiciones del mercado o de la economía. Sin perjuicio de lo anterior la doctrina y la jurisprudencia han sostenido que esta causal se asocia con motivos de índole económico, tecnológico, o estructural pero que no son inherentes a la persona del trabajador y que por lo tanto, no están relacionadas con su capacidad o su conducta. En otras palabras son causas relacionadas con el funcionamiento de la empresa derivadas de un excedente de mano de obra, o la reducción de los puestos de trabajo por razones económicas o técnicas.-
6.- En virtud de lo anterior, resulta contrario a la lógica el verme despedida en razón de mi desempeño, y más aún que el demandado invoque la causal de las necesidades de la empresa. Todo ello en razón de que la empresa hasta unos días antes de mi despido, sigue contratando nuevo personal, e incluso renueva contratos a personas con déficit de ventas, o con baja productividad e incluso a realizado contratos nuevos con el objeto de reemplazar el cupo que deja mi despido.-
7.- Más aun, la empresa demandada no justifica en los hechos la causal de mi despido, siendo esta una formalidad del mismo. Por ende dicho despido resulta del todo injustificado, sobre todo por lo señalado en el punto anterior, ya que en la práctica se contrató a una nueva persona para realizar mis funciones.-

II.- EN CUANTO AL DERECHO:
1º.- El artículo 168 incisos 1 y 3 del Código del Trabajo establece: “El trabajador cuyo contrato termine por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161 y que considere que tal aplicación es injustificada, indebida o improcedente o que no se ha invocado ninguna causal legal podrá recurrir al juzgado competente dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la separación a fin de que este así lo declare. En este caso el juez ordenará el pago de la indemnización a que se refiere el inciso cuarto del articulo 162 y la de los incisos primero o segundo del articulo 163, según correspondiere, aumentada esta ultima de acuerdo a las siguientes regla.-
a) En un treinta por ciento, si se hubiere dado termino por aplicación improcedente de las causales del artículo 161”.-
2º Lo anteriormente expuesto, en relación con el artículo 169 y siguientes del Código del Trabajo, los que se dan por reproducidos.-
POR TANTO: En virtud de los hechos expuesto y disposiciones legales citadas y demás pertinentes.
RUEGO A SS, Se sirva tener por deducida demanda en juicio ordinario laboral sobre despido injustificado en contra de la empresa SOCIEDAD TECNOMOVIL LIMITADA, representada por doña MARISA JOSEFINA BADINELLA ALABART, ya individualizadas en autos, acogerla a tramitación en todas sus partes y en definitiva declarar:
1.- Que el despido es injustificado, condenando a la demandada al pago de las sumas adeudadas más los reajustes e intereses que se detallan a continuación:
i) $196.979 como indemnización sustitutiva del aviso previo.-
ii) Indemnización por años de servicio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 163 del Código del Trabajo, ascendente a la suma de $196.979.- mas intereses y reajustes de conformidad a lo establecido en el artículo 63 y 173 del Código del trabajo.-
iii) Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el periodo comprendido entre la fecha del despido y hasta la fecha que el demando convalide el despido en la forma legal, establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo.-
iv) El monto de $137.885 correspondiente al feriado proporcional establecido en el artículo 66 y siguientes del mismo cuerpo legal.-
v) La suma de $41.000, correspondiente a los descuentos no autorizados en el contrato o por la ley.-
vi) La suma de $72.000, por concepto de aporte no enterado parte del demandado por tráfico de celular, según lo dispuesto en la cláusula 3.5 final del anexo Nº 1 de fecha 22 de Noviembre del 2006,.-
2º Que se ordene el pago íntegro de las cotizaciones previsionales en conformidad a la ley.-
3º Que todas las sumas adeudadas se deberán pagar conforme señalan los artículos 63, 169 y 168 letra a), esto es con un aumento del 30% según lo dispuesto en los artículos referidos del Código del Trabajo y en la forma que dicha norma establece.-
4º.- Que la demandada sea condenada al pago de las costas de la causa.-
SEGUNDO OTROSÍ: En este acto ruego a SS, tener presente como base para el cálculo del pago de las indemnizaciones correspondientes, la oferta de pago realizada por la empresa en el acta suscrita ante la inspección del Trabajo, que se acompaña junto con esta presentación.-
TERCER OTROSÍ: En este acto ruego a SS, tener por acompañados bajo apercibimiento legal los siguientes documentos:
1.- Contrato de trabajo de fecha 23 de Noviembre del 2006 y su anexo Nº 1 de fecha 22 de Noviembre del 2006, los cuales demuestran que he estado bajo dependencia y subordinación con una fecha anterior a la celebración del contrato de trabajo.-
2.- Carta de despido de fecha 20 de Noviembre del 2007.-
3.- Certificado de cotizaciones de A.F.P Provida de fecha 04 de Diciembre, en el cual consta que mi empleador no ha enterado el total de las cotizaciones provisionales, desde la vigencia del contrato de trabajo.-
4.- Liquidaciones de sueldo correspondientes a los meses de Noviembre y Diciembre del 2006, Enero, Febrero, Marzo, Mayo, Junio, Julio, Septiembre y Octubre del 2007.-
5.- Copia simple de pago de cotizaciones previsionales de fecha 3 de Diciembre 2007, emanado del sitio web “Previred”.-
Ruego a US tenerlos por acompañados en la forma legal.-
CUARTO OTROSÍ: Ruego a US se sirva tener presente que en esta causa designo abogado patrocinante y confiero poder, con las facultades de ambos incisos del artículo 7º del Código de Procedimiento Civil, al abogado habilitado patente al día de la I. Municipalidad de Romeral, don BENJAMÍN FELIPE BELTRÁN GÁNDARA, con domicilio en calle Manuel Montt Nº 357, oficina 514, de esta ciudad, quien firma en señal de aceptación.-

 #207965  por Sur
 
Hola Dra. Sa ... como estas? yo también estoy precisando un modelo de demanda de escrituración y aunque sea un texto de carta doc intimando al comprador que escriture el terreno que compro en el año 79!!! posee boleto de compraventa unicamente!
Me podrás mandar algo que me sirva de ayuda???

Mil gracias!!!!!!
 #208138  por Hector Soria
 
Hola a todos los foristas! Soy un usuario recien registrado, y ando necesitando un modelo de contrato de locacion de ss, o de distribucion. El tema es asi mis clientes son intermediarios en impot. y export. y no quieren que se les escapen las dos puntas de los negocios, yo pense en un contrato de locacion de servicios o algo similar que se pueda ajustar a cada operacion, o tal vez un mandato comercial, comision, etc si alguien me puede ayudar se los agradeceria, dejo mi mail por si necesitan algun modelo tengo varios de casi todo, muchisimas gracias!!! PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com

 #212785  por barney
 
Objeto: Promover Demanda de Usucapión



Señor Juez:

Roberta Mazu, por derecho propio y bajo patrocinio del abogado Julio Cesar Rodríguez, constituyendo domicilio procesal en O`Leary 562 y real en Rodríguez de Francia 895, ambos de esta capital, a V.S respetuosamente digo:---------------------------------------------

Que vengo por el presente a escrito Promover Demanda de Usucapión contra quien sea el propietario de la propiedad de 10 mts. de frente sobre la Av. Artigas534, de 10 mts. de dimensión de fondo en el lado Sur, por 30 mts en el lado Este, donde linda con mi propiedad igual dimensión del costado donde linda con mi propiedad particular, individualizado como Finca Nº....inscripta en el Registro Publico, Sección nº ..., bajo el nº .. al Folio nº ... y siguientes del año ..., con Cuenta Corriente Catrastal nº ......, fundado en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer------------------------------------------------------


HECHOS:

Que soy propietario del Inmueble individualizado como Finca Nº …., inscripta en el Registro Publico, Sección Nº ..., bajo el Nº … al Folio Nº … y siguientes del año 1978, con Cuenta Corriente Catrastal Nº…….., Distrito Nº 5 de Santa Cruz, sobre la Av. Igatimi 546 y el inmueble que pretendo usucapir es lindero con mi propiedad, adjunto titulo de propiedad---------------------------------------------

El inmueble que solicito usucapir se encontraba abandonado y sin mejoras, en el Registro figura a nombre del Sr. Marcos Inocencio Robles y en varias ocasiones trate de comunicarme con el o su herederos para adquirir el citado inmueble pero nunca los pude hallar---------------------------------------------------------------------

Habitualmente personas de malos hábitos usaban el inmueble para realizar fumatas, adjunto las demandas presentadas a la Policía Nacional que formule en su oportunidad, y ante estas circunstancias procedí a construir un muro sobre su perímetro, y posteriormente levante un casa precaria cuyo plano y recibos de construcción adjunto al presente escrito, cuyo gastos fueron realizados a partir del año 1981, también adjunto plano de Mensura del lugar en cuestión que señala los limites del terreno, realizados por el Perito Agrimensor Antonio Sepúlveda, quien suscribe este escrito -------

Que el predio en cuestión, hace 23 años era un lugar abandonado, sin casi utilidad. Por tanto hemos realizado, en primer lugar: Rellenar el inmueble, dado el desnivel que existía con respecto a la calle de casi un metro y treinta centímetros, que es evidente la gran tarea que se tuvo que realizar para poder nivelar el predio con el Inmueble. En segundo lugar, una vez nivelado el terreno, se procedió a plantar árboles ornamentales y frutales, cercar el predio con alambres de púas al costado y tejido al frente. Y aprovechando la buena tierra existente, se planto muchos vegetales de variadas especies que hasta el día de la fecha es una gran Huerta que nos brinda día a día una gran cantidad de verduras y hortalizas. También realizamos tareas para mantener la vereda y destronque de árboles, en fin una totalidad de actos de posesión que hoy queremos consagrar de Derecho---------------------------------------

Que desde la fecha de posesión del Inmueble anteriormente individualizado, mi familia hizo asimismo del inmueble adjunto al mío que describí anteriormente, entrando desde esa fecha a realizar una ocupación efectiva, pacifica y sin interferencia o turbación ejerciendo actos de posesión como lo haría un propietario--------------------------------------------------------------

Que, NINGUNA PERSONA, se ha presentado a efectuar actos de titularidad o de dominio sobre el Inmueble, así como tampoco NADIE NOS HAN impedido el goce ininterrumpido que hemos venido ejerciendo sobre el Inmueble y adjunto al presente escrito las boletas de pago del impuesto inmobiliario, estando al día con los mismos-------------------------------------------------------------------

Que, a la fecha, el predio hoy reclamado es parte esencial de la vida de toda mi familia, mi madre, hermanos y mis hijos-------------

DERECHO:


Que fundo la presente demanda en las disposiciones establecidas en el Código Civil de fondo que regula la Prescripción Adquisitiva de Dominio en el Código Procesal Civil en relación al procedimiento ordinario y la información sumaria de Testigos y demás concordantes-----------------------------------------------------



PETITORIO:

Por tanto solicito a V.S lo siguiente:------------------------------------

1. TENER por presentada mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio procesal y real en el lugar señalado.------------------------------------------------------------

2. TENER por presentado el presente escrito de DEMANDA DE USUCAPION------------------------------------------------------

3. ORDENAR el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa autenticación de las fotocopias por el Secretario, bajo constancia en autos-----------------------

4. OFICIAR al Registro de la Propiedad a los efectos que informe a quien corresponde el inmueble a Usucapir, en su defecto ordene la publicación Edictos para que se presente el propietario o sus herederos--------------------------------------

5. FIJAR día y hora a los efectos de poder realizar una Inspección Ocular del lugar reclamado--------------------------------------

6. ORDENAR la publicación de edictos por el termino de ley-------

7. OPORTUNAMENTE, dictar S.D favorable al pedido de Prescripción Adquisitiva de Dominio y en consecuencia, ordenar que la Inscripción judicial de la propiedad a mi nombre---------



Proveer de Conformidad


Será Justicia



___________________
Julio Cesar Rodríguez
Abogado
Mat. 325





Recibido y puesto en Despacho de V.S hoy...................de...............................
Siendo las..........., con firma del abogado........................ y estampilla de Ley.

Conste:

Asunción...................................de................



AGRÉGUESE
Ante Mi
Secretario Autorizante

 #212787  por barney
 
Venia Supletoria para contraer Matrimonio


Señor Juez:

Lucas Rodríguez, por derecho propio y bajo patrocinio del Abogado Julio Cesar Rodríguez, constituyendo domicilio procesal en Azara 654 y real en Montevideo 345, ambos de esta Cuidad, a V.S respetuosamente digo:--------------------------------------------------

Que vengo por el presente escrito a Solicitar VENIA SUPLETORIA PARA CONTRAER MATRIMONIO, por oposición de mi Señor Padre José Maria Rodríguez, domiciliado en Oliva 576 de esta ciudad fundado en las consideraciones de hecho y derecho que paso a exponer:---------------------------------------------------------------


HECHOS:

Que, soy hijo del Sr. José Maria Rodríguez y de la Sra. Margarita González, según se podrá comprobar con el certificado de nacimiento que adjunto al presente escrito, y tengo a la fecha cumplidos 16 años.------------------------------------------------------

Que, he manifestado a mi padre mi deseo de contraer matrimonio con la Srta. Susana Barrios, de 20 años de edad, negándome su aprobación porque aduce que soy muy joven para contraer matrimonio---------------------------------------------------------------

Que, transcurrido dos semanas de mi anuncio, volví a insistir sobre la misma cuestión, obteniendo de vuelta una rotunda negativa, por parte de mis padres.----------------------------------------------------

Actualmente, trabajo como Auxiliar Administrativo del Departamento Comercial de la Empresa Burucuya S.A, desde los quince años, conforme lo justifico con las constancias debidamente autenticadas y libreta de seguro social que acompaño, donde consta que percibo un salario mensual de NOVECIENTOS OCHENTA MIL GUARANIES (Gs 980.000). Además soy propietario de un inmueble sito en Montevideo 345 de esta capital, Distrito La Catedral, individualizado como Finca nº 9485, anotado en el Registro Publico bajo el nº 4 al folio 7 y siguientes del 25 de junio del 1998, con Cuenta Corriente Catrastal n º 55-77-99, conforme lo justifico con el titulo dominial del mismo y los recibos correspondientes del mismo para avalar mi propiedad y posesión, que adjunto al presente escrito-----------------------------------------

En cuanto a mi prometida, Susana Barrios, es Secretaria contable de la Empresa Los Fierros SA, conforme constancia debidamente autenticada que se adjunta y percibe un salario mensual de Gs 1.200.000----------------------------------------------------------------

Para avalar que mi prometida y yo gozamos de Buena Salud tanto Emocional, Mental y física adjuntamos al presente escrito la Libreta de Salud y Certificado Psicológico de ambos expedido por el Ministerio de Salud y Bienestar Social----------------------------------

Que, ante esta situación, y no pudiendo aplazar la celebración del matrimonio, ya que he tomado la decisión, a parte mi prometida se encuentra en estado de gravidez, adjunto certificado donde consta su estado otorgado por centro de salud “Las Carmelitas”. Por tanto recurro ante V.S a objeto de solicitar me conceda la Venia correspondiente----------------------------------------------------------


DERECHO:

Fundo mis pretensiones en el Art. 260 del Código del Menor y concordantes sobre la materia------------------------------------------


PETITORIO:

Por lo expuesto peticiono a V.S:----------------------------------------
1. TENER por presentada mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado-----------------

2. CORRER traslado de la presente Acción al Fiscal del Menor-----

3. FIJAR día y hora de Audiencia, a fin de que mi Sr. Padre José Maria Rodríguez y la Sra. Margarita González, comparezca ante el Juzgado a cargo de V.S para expresar las razones en que basa su posición a mi enlace matrimonial, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia sin justa causa, se estará por lo expuesto por la parte actora------------------------------------

4. ORDENAR el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa autenticación de las fotocopias por el Secretario, bajo constancia en autos-----------------------

5. OPORTUNAMENTE y previo tramites de rigor, dictar resolución concediéndome la Venia Supletoria para contraer matrimonio----------------------------------------------------------

Será Justicia



______________ ___________________
Lucas Rodríguez Julio Cesar Rodriguez
Ci 2.123.654 Abogado
Mat. 325




Recibido y puesto en Despacho de V.S hoy...................de...............................
Siendo las..........., con firma del abogado........................ y estampilla de Ley.


Conste:

Asunción...................................de................

AGRÉGUESE
Ante Mi
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