Facun recien vi tu pregunta.
Mira en el primero que yo tuve vuelto de la corte con Massa y Kujarchuk me dijeron que haga la liquidación, cuando volví con mi escrito y mis cuentitas me dijeron que no lo presente, que pida por manifestación directamente que se intime al banco a pagar conforme MASA Y K.
Entonces salio una resolución que decia que el banco debía depositar en una cuenta a nombre del ahorrista de libre disponibilidad la suma resultante de pesificar su deposito en dolares conforme MASSA y KUJARCHUK.
Mandé oficio ( sí oficio) a la entidad bancaria con copia de esta resolución y por las dudas le mandé la de Corte. Y las cuentas las hizo el propio banco.
O sea: ofrecieron pagar dolares. En realidad Massa y Kujarchuk daban un poco más, aprox. 3.40 por dolar, y en ese momento el doalr estaba a 3.20.
Mis clientes optaron por aceptar para no seguir litigando.
Hoy con el dolar a 3.05 la brecha es aún mayor.
Asi que al banco hay que notificar la sentencia, pedir que pague y si no paga, hay que iniciar un cumplimiento de contrato.
Salvo que lo hayan demandado conjuntamente con el PEN en cuyo caso podrás ejecutarlo dentro del amparo ( yo no demandé a los bancos solo al PEN)
Mira en el primero que yo tuve vuelto de la corte con Massa y Kujarchuk me dijeron que haga la liquidación, cuando volví con mi escrito y mis cuentitas me dijeron que no lo presente, que pida por manifestación directamente que se intime al banco a pagar conforme MASA Y K.
Entonces salio una resolución que decia que el banco debía depositar en una cuenta a nombre del ahorrista de libre disponibilidad la suma resultante de pesificar su deposito en dolares conforme MASSA y KUJARCHUK.
Mandé oficio ( sí oficio) a la entidad bancaria con copia de esta resolución y por las dudas le mandé la de Corte. Y las cuentas las hizo el propio banco.
O sea: ofrecieron pagar dolares. En realidad Massa y Kujarchuk daban un poco más, aprox. 3.40 por dolar, y en ese momento el doalr estaba a 3.20.
Mis clientes optaron por aceptar para no seguir litigando.
Hoy con el dolar a 3.05 la brecha es aún mayor.
Asi que al banco hay que notificar la sentencia, pedir que pague y si no paga, hay que iniciar un cumplimiento de contrato.
Salvo que lo hayan demandado conjuntamente con el PEN en cuyo caso podrás ejecutarlo dentro del amparo ( yo no demandé a los bancos solo al PEN)