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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #160741  por lauripauli
 
hola, tengo un problema bastante serio. Hace un tiempo trabajo en sociedad ( de hecho) con una colega y nos dedicamos a accidentes de tránsito. Ella está matriculada en Pcia y y yo en Capital, y actuamos representando a los clientes una o la otra según haya que firmar en Pcia. o en Capital. En un caso en particular (homicidio culposo), en el cual estamos apoderadas, ingresamos la Demanda en Pcia con el patrocinio de ella en este caso. Yo no figuro para nada en la demanda obviamente, si bien estoy apoderada, como en todos los demás casos.
El hecho es que , suscribimos en este caso en particular el convenio de honorarios privado en el cual pactamos el 20% de lo que obtenga nuestro cliente y el porcentaje que nos regule el reclamado, que asciende a un 15%, y lo hicimos certificar por el Escribano.
Sucede que ya llegamos a un acuerdo con la aseguradora, por lo que estaríamos prontas a cobrar nuestros honorarios, pero ocurre que mi socia decidió que, como está pasando por una situación difícil económicamente, (sic) sólo ella lo va a cobrar, y más adelante me lo va a reintegrar, ya que el instrumento privado está en su poder. Tengo motivos sobrados para saber que no piensa reintegrármelos jamás.-
Que elementos tengo para hacer valer el derecho a cobrar por mi parte del trabajo?
Ella y yo figuramos como " una parte"en el convenio. Pensé que en la escribanía tendrían una copia del convenio (yo, de confiada no tengo nada) pero me dicen que ellos sólo me pueden entregar copia del acta donde figura que se celebró un acuerdo entre las partes y nada más, o sea no el contenido del mismo..-
Por otra parte, nuestros clientes viven en el interior, ignoro cómo se va a formalizae el pago, pero la aseguradora pidió que faxeemos la factura (esto ya se hizo) de mi socia por el importe para, en un paso posterior, depositar la suma en SU cuenta, ya que es ella quien firmó la Demanda, (que hice yo), pero esto es algo que no puedo probar.-
Quisiera saber si alguien pasó por una situación similar, me pueda asesorar sobre que medidas puedo tomar, si es que puedo tomar alguna, ya que se trata de una suma importante.- Muchas gracias desde ya

 #204246  por Watta
 
Amenazarla con que "vos estas en una situación económica difícil" y que vas a cobrar todo lo de capital VOS y ella no va a ver un peso, lo pensaste no?

Una vez más, el abogado tiene que tenerle más miedo a su cliente, o a su socio, que a la parte contraria. Que mundo este.

Ojala alguien te pueda dar una solución propia, yo por mi parte te mando un abrazo y espero que puedas cobrar lo que te corresponda.

 #205184  por lunita_44
 
mira si vos firmaste un doc. la escribania tiene obligacion de darte copia pedi copia legalizada (tendras q pagar 30 pesos a lo sumo) sino pedila por oficio judicial
suerte!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

 #205188  por evasusana
 
perdon pero la escribana no conserva la copia porque es un documento privado con firma certificada Lo unico que tiene es la firma en el libro pertiennte Nada mas . Mas alla de todo esto me parece que a tu socia mejor que la pierdas para siempre. Es una forma horrible en la que esta actuando. Trata de resguardar vos todo lo que es tuyo El tema me parece complicado porque se trata de la confianza hacia la otra persona. En todo caso que te firme un pagare o algo similar por la suma que te corresponde.

 #205275  por lunita_44
 
ahhh perdon como dijo q no se la queria dar, pense q era escritura no certificacion de firma

 #205430  por DAL
 
Si, te aconsejo que te busques otra socia.
Hagan un invetarnio de causas, determinen el estado, la probabilidad de cobro y listo. Vos quedate con capital y ella con provincia. Si pueden hacer algun acuerdo de compensación mejor.
No podés remotar una situación con gente así.
Distinto sería que te pida un prestamo ( entre amigos esto se hace) o una cosa puntual ( se acaba de comprar una casa y esta plata le sirve para los papeles y no puede esperar al cobro CIERTO que viene dentro de dos meses, pero vos sí podrías sin mayor perjuicio, por ejemplo).
Ahora si de verdad sospechás que no te va a reintegrar esta plata, buscate otra socia urgente!! y si no recordá que mas vale solo que mal acompañado.