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  • EMPLEADOR CUANTOS Aí‘OS DEBE CONSERVAR LIBROS??

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #205317  por quintela
 
SABEN CUANTOS AÑOS DEBE CONSERVAR LOS LIBROS UN EMPLEADOR, ME PARECIO HABER LEIDO 5 AÑOS PUEDE SER????

NO RECUERDO DONDE LO LEÍ

PREGUNTO PORQUE A MI CLIENTE LUEGO DE 18 AÑOS DE EXTINGUIDO EL VINCULO LO INTIMAN A ENTREGAR LA CERT DE SERV
MUCHAS GRACIAS

 #205354  por VICTORIA2004
 
La obligación de extender el certificado de trabajo es de naturaleza laboral y consecuentemente, se encuentra sujeta al plazo bienal del art. 256 LCT, que debe computarse a partir de la extinción del vínculo. (así opina Grisolía; y es la postura que comparto, pero no es jurisprudencia unánime).
Si bien el plazo de prescripción para reclamar es de dos años desde el momento de la extinción del vínculo, el empleador tiene que conservar por el plazo de 10 años las constancias de retenciones y depósitos. Saludos!

 #205419  por DAL
 
En estos casos, la gente de recursos humanos dice que tiene que certificar los ultimos 10 años. Antes de eso solo entregar la certificación con los datos completos pero sin el detalle de sueldos.
No se de donde sale esta interpretación, de poner la información de sueldos de los ultimos 10 años, pero cuatro encargados de recursos humanos de cuatro empresas muy importantes fueron tajantes en que esto es así.
Y te zafa el tema!!!!

Otra cosa para hacer es pedir la información de Anses que es global para esos años, y consignar es información ( la tiene que pedir el empleado).

Respecto de la conservación de libros, surge del codigo de comercio y es 10 años posteriores al cese del giro comercial ( es decir que mientras tanto se debe conservar aún cuando la empresa tenga 40 años de vida).

 #205786  por quintela
 
GRACIAS VICTORIA
Y GRACIAS DAL