berayrama escribió:Hola, queria consultar si alguien puede informarme sobre si corresponde interrumpir las vacaciones a una persona que tuvo un accidente mientras estaba en viaje (ya habia comenzado las vacaciones) y el tuvo unos golpes pero la esposa y la hija estan internadas. Corresponde? que se debe alegar? a que ley me debo referir para reclamar al empleador si correspondiere? Gracias.
Corresponde que le mande un telegrama el empleador comunicando tal evento a los efectos de comunicar el accidente inculpable, suspendiendo el goce de las vacaciones hasta que se recupere y le den el alta para poder gozarla efectivamente cuando estye en buenas condiciones de salud, ya que las vacaciones tienen un fin higienico de que el trabajador pueda gozarla efectivamente y en este estado no puede hacer uso de la misma, ya que se suspende el contrato de trabajio por causa del accidente o enfermedad inculpable
La clandestinización de la relación laboral es un modo sofisticado de discriminación ya que excluye del universo normativo a los trabajadores afectados