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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #20464  por esteban_cata
 
HOLA CHICOS!!! Les pido si me pueden revisar este cálculo. Hombre nacido 12/08/1941. Cumplió los 18 años en 08/1959.

Situación de revista: 09/1959 08/1989
09/1959 08/1966 Art 3 24476
Muchas Gracias!!

 #20607  por tincho_20
 
al dia de hoy tiene de exceso computable 4 meses.
vos le compraste 30 años...
le podrias comprar 29 años 8 meses y a eso le restas la DDJJ ..
Te va a variar en unos pesos la cuota nada mas..
pero despues esta bien hecho-

 #30362  por Ishtar
 
Coincido con Tincho, has tomado 4 meses de mas, si queres dejalos para mas seguridad...
Lo que veo es que has aplicado el beneficio a períodos baratos pudiendo aplicarlo en períodos caros.
Yo le aplicaria el art.3 del 2/77 al 1/79 y del 4/84 al 3/89

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