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 #206656  por Mel79
 
Hola a todos, alguien me puede indicar sobre este tema de CONSIGNACION JUDICIAL, donde comienzo a leer, que tengo un tema por alquileres, ejecucion de los mismos y tengo mediacion despues de la feria.- Muchas gracias.-
 #206694  por jacintoparodi
 
Mel79 escribió:Hola a todos, alguien me puede indicar sobre este tema de CONSIGNACION JUDICIAL, donde comienzo a leer, que tengo un tema por alquileres, ejecucion de los mismos y tengo mediacion despues de la feria.- Muchas gracias.-
:lol: Hola Mel79: Que es lo que queres consignar? Pagos de Alquiler, llaves? Tiranos datos.
Te dejo un saludo y quedo a la espera.
Bye Bye

 #207105  por Mel79
 
Hola, les cuento, tengo un caso de consignación judicial para lo cual he sacado una mediación para después de las ferias, en donde ella reclama que quiere pagar solamente del alquiler lo correspondiente a los días en que pudo ir a su departamento y trabajar allí, ya que tenia perdidas y no pudo ingresar por 20 días hasta que se lo arreglaron, nadie se hace cargo, la dueña manda a que llame y arregle con la inmobiliaria y nadie le da una solución y el administrador no le acepta el pago sino es completo y ella no quiere pagar.- Además paga expensas extraordinarias cuando no debería.-
Yo quería saber donde comenzar a abordar este tema.-
Gracias.-
Si hace falta mas datos avisen.-

 #207172  por jacintoparodi
 
Mel79 escribió:Hola, les cuento, tengo un caso de consignación judicial para lo cual he sacado una mediación para después de las ferias, en donde ella reclama que quiere pagar solamente del alquiler lo correspondiente a los días en que pudo ir a su departamento y trabajar allí, ya que tenia perdidas y no pudo ingresar por 20 días hasta que se lo arreglaron, nadie se hace cargo, la dueña manda a que llame y arregle con la inmobiliaria y nadie le da una solución y el administrador no le acepta el pago sino es completo y ella no quiere pagar.- Además paga expensas extraordinarias cuando no debería.-
Yo quería saber donde comenzar a abordar este tema.-
Gracias.-
Si hace falta mas datos avisen.-
Hola Mel79!!! No logro comprenderte bien, pero por lo poco que capto, te digo lo siguiente:

1.- Si el locatario encuentra urgencia en efectuar arreglos, propios del desgaste natural de la cosa, o bien la misma no esta en buen estado, poniendo en riesgo su seguridad puede requerir el arreglo Urg. Al locador por la vía de la intimación fehaciente.

En caso de negativa, puede efectuar los arreglos y descontarlos del canon que obla en concepto de alquiler.

Otra variante, ante negativa, es dar por rescindido el contrato de locación y por entera culpa del locador.

Si el locatario efectúa los arreglos, deberá exhibir el correspondiente presupuesto y factura de pago, en caso de negativa por parte del locador y/o administrador a percibir diferencias de montos, luego de estos pagos, podrá consignar el dinero restante por la vía judicial y/o que nada se adeuda a la fecha dado los gastos efectuados.
De todas formas lee bien los Arts. 1518/19/21y 22 del C.C.

Otra cosa que no me queda claro, pero desde ya te digo que tengas cuidado, es el hecho de que nombras el alquiler de un Depto. Y decís que “No pudo ir a trabajar al mismo” si lo alquila como vivienda, cuidado que para ello es el uso, salvo que pueda demostrar que sus labores las desempeña en la misma casa que habita. (ver Art. 1504 del CC)

Sobre el tema mediación no te puedo ayudar Mel, ya que soy lego en la materia.
Te dejo un saludo cordial!!!:wink:

 #207548  por Mel79
 
Hola Jacinto, mil gracias por tu aporte, me aclaraste algunos temas.- Muy generoso de tu parte.-
Saludos.-

Mel

 #208308  por jacintoparodi
 
Mel79 escribió:Hola Jacinto, mil gracias por tu aporte, me aclaraste algunos temas.- Muy generoso de tu parte.-
Saludos.-

Mel
COMO GENERESO??? NO VAS A PAGARME LA CONSULTA???
Juaaaaaaaaaaaaaa!!! Chuik Chuik :D

 #208359  por Sailaw
 
Con el tema de la consignaciòn, no es tan facil, porque se deben reunir los requisitos de forma, modo y tiempo, tiene que haber una negativa constatable a recibir el pago por parte del Acreedor.

Yo no iria por ese lado, si por un daños y perjuicios, que es lo que corresponde.