Hola a todos!!
La verdad estoy anulada, es como si me hubieran borrado mi disco rígido.
El caso es que tengo una clienta de 69 años que es autónomo y aparece en actividad a pesar de no estarlo. Tenía un desastre en la parte contable, por ende la contadora del estudio le arregló los últimos 5 años de presentaciones contables y esas cosas.
Yo quiero hacer mi liquidación de SICAM y me aparece que la tengo que reempadronar. Pensé en primera instancia en no hacerlo y pedir la baja con el formulario 929 a la fecha de su último pago (09/1999) por otro lado entiendo que no me la van a tomar porque si la contadora le presentó todas las declaraciones de los últimos 5 años no me van a tomar esa fecha como cese.
Qué hago??
Si la reempadrono me libera el SICAM, pero le tengo que hacer pagar los $128 de su categoría, ya que no tiene movimiento.
(En cuánto tiempo se libera el padrón una vez que los reempadronas?)
Si la reempadrono, después le puedo dar la baja con el primer pago? Digamos la hago pagar ahora y con ese comprobante presento el F929?
A todo esto le tengo que aplicar la ley que caducá a fin de mes porque si tiene 6 períodos pagos es mucho.
Alguien me puede aconsejar???
Tengo MUCHAS dudas respecto de esto y estoy seriamente ANULADA.
Muchas gracias!
Marce
La verdad estoy anulada, es como si me hubieran borrado mi disco rígido.
El caso es que tengo una clienta de 69 años que es autónomo y aparece en actividad a pesar de no estarlo. Tenía un desastre en la parte contable, por ende la contadora del estudio le arregló los últimos 5 años de presentaciones contables y esas cosas.
Yo quiero hacer mi liquidación de SICAM y me aparece que la tengo que reempadronar. Pensé en primera instancia en no hacerlo y pedir la baja con el formulario 929 a la fecha de su último pago (09/1999) por otro lado entiendo que no me la van a tomar porque si la contadora le presentó todas las declaraciones de los últimos 5 años no me van a tomar esa fecha como cese.
Qué hago??
Si la reempadrono me libera el SICAM, pero le tengo que hacer pagar los $128 de su categoría, ya que no tiene movimiento.
(En cuánto tiempo se libera el padrón una vez que los reempadronas?)
Si la reempadrono, después le puedo dar la baja con el primer pago? Digamos la hago pagar ahora y con ese comprobante presento el F929?
A todo esto le tengo que aplicar la ley que caducá a fin de mes porque si tiene 6 períodos pagos es mucho.
Alguien me puede aconsejar???
Tengo MUCHAS dudas respecto de esto y estoy seriamente ANULADA.
Muchas gracias!
Marce
Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo.
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas.
Albert Einstein
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas.
Albert Einstein